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Sociedad / Mulino aclara que no se puede prohibir la importación de medicinas para consumo personal

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Importación / José Raúl Mulino / Medicamentos / Minsa / Panamá

Panamá

Mulino aclara que no se puede prohibir la importación de medicinas para consumo personal

Publicado 2024/10/17 08:00:00
  • Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica

De acuerdo con el mandatario, si la persona viaja y trae para su consumo las medicinas que necesita, no se lo pueden prohibir.

Algunos medicamentos tienen precios elevados en Panamá. Foto: Archivo

Algunos medicamentos tienen precios elevados en Panamá. Foto: Archivo

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El presidente José Raúl Mulino aclaró que no se puede prohibir la importación de medicinas para consumo personal.

La declaración del mandatario se da luego de la publicación de un comunicado de la Dirección de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud (Minsa) que trajo confusión a la población. 

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De acuerdo con el mandatario, si la persona viaja y trae para su consumo las medicinas que necesita, no se lo pueden prohibir.

“Yo lo hago, mi esposa acaba de venir de Europa y me trajo medicinas para seis meses”, agregó.

Mencionó que valen una décima parte de la “monstruosidad” de precios  que hay aquí en Panamá en medicinas.

“Si yo lo hago lo puede hacer el pueblo panameño, lo que no podemos es permitir que se dedique una persona a hacer un negocio comercial de esto sin pagar impuestos, sin pagar importación, sin pagar lo que corresponda para la importación de medicinas”, agregó.

Destacó que si las personas viajan y traen medicina para su consumo, que las traigan y se beneficien de los buenos precios mientras se arregla el problema de los medicamentos en Panamá.

El comunicado en mención indica que a partir del pasado lunes 14 de octubre, los trámites de productos de uso personal (cosméticos y medicamentos) importados a través de servicios de courier/mensajería por viajeros deberán presentar la documentación de manera física en la ventanilla del Departamento de Importaciones.

Los documentos para presentar son: factura detallada, guía aérea, copia de la cédula o pasaporte, carta de relevo de responsabilidad de la autoridad de salud y en el caso de viajeros el acta de retención del aeropuerto. 

Se puede importar hasta 6 unidades por persona con un volumen no mayor de 500 ml por mes y no aplica para estuches con un contenido mayor al autorizado en casos de kit, el contenido no debe ser mayor de seis productos.

También, se informó que la importación de medicamentos debe de anexar la receta médica del profesional idóneo panameño y la cantidad a importar no debe ser mayor a seis meses de tratamiento.


 

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