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Pinchazos, un caso prescrito y abusivo

La defensa del exmandatario Ricardo Martinelli indicó que la prescripción se dio hace más de siete meses, algo que advierten debe ser reconocido hoy.

Luis Ávila - Actualizado:

Ricardo Martinelli, expresidente de la República de Panamá. Foto: Víctor Arosemena

El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá debe declarar hoy la extinción de la acción penal dentro del caso de los supuestos pinchazos telefónicos seguido al expresidente de la República, Ricardo Martinelli.

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Los magistrados de apelaciones deben reconocer que los términos legales dentro de este proceso se vencieron hace siete meses atrás y declarar el cierre de este caso, el cual se armó de manera ilegal en el Consejo de Seguridad Nacional, como parte de una persecución política en el gobierno de Juan Carlos Varela.

Recientemente, al exmandatario se le dictaminó que los términos legales dentro del caso que se le sigue empezaron a correr en junio de 2015, sin embargo, su defensa alega que los mismos comenzaron a contar a partir del mes de mayo de 2014, cuando se presentaron las primeras querellas en su contra.

El abogado defensor, Alejandro Pérez Saldaña, reitera que el caso de los supuestos pinchazos está prescrito, ya que la matemática es una ciencia exacta y los hechos de este proceso datan de mayo del año 2014.

"Los supuestos hechos ocurrieron entre 2012 y cesaron en 2014, el punto de referencia es mayo de 2014, estamos ante dos delitos que se analizan separadamente y cuyas penas oscilan entre dos y cuatro años, esos delitos ya están prescritos", dijo Pérez.

El jurista agregó que el Código Procesal Penal indica que la prescripción de los delitos se da al máximo de la pena, algo que en este caso se dio hace 7 meses.

"Si estamos hablando del delito de interceptación telefónica, que tiene una pena de cuatro años, el delito prescribe en ese tiempo. Si hablamos que el último supuesto hecho ocurrió en mayo de 2014, le pone los cuatro años, y el delito prescribe en el 2018, eso es una prescripción exacta", manifestó.

Sin embargo, en este caso se dio una interrupción y se empezó a contar el tiempo a partir el 11 de junio de 2018, cuando el exmandatario Martinelli regresó a Panamá, por lo que han transcurrido 36 meses desde esa fecha y si se le suman los 19 desde mayo de 2014 a la fecha, han transcurrido 55 meses, por lo que este caso está prescrito desde finales el año 2020.

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Enfatizó que tres de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que admitieron la querella contra Ricardo Martinelli en este caso, posteriormente en otros procesos, pidieron una audiencia de imputación.

Añadió que después de eso, dos magistrados que también formaron parte de los que admitieron la querella contra el exgobernante emitieron en otros casos votos razonados e indicaron que la admisión de una querella no equivale a la imputación de cargos.

Expertos han indicado que el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá debe revocar la decisión de la jueza Elkis Martínez, porque la imputación no puede ser asimilada con el acto de la admisión de la querella.

Hay que indicar que la legitimidad para hacer una investigación es del Ministerio Público (MP), mientras que en este caso la querella fue presentada por particulares interesados en este proceso, indicó en su momento la defensa del exgobernante panameño. Por lo que el MP no puede cederle a un particular la facultad que tiene para perseguir el delito.

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En razón de esto, lo que cabe es que al expresidente se le haga justicia y que se declare la prescripción del caso de los pinchazos.

Hay que indicar que esta audiencia de apelación solicitada por la defensa de Ricardo Martinelli está programada para las 8:30 a.m. en el Sistema Penal Acusatorio de Plaza Ágora.

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