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Publican decreto que reglamenta Ley de Medicinas
Spa-Francorchamps - Publicado:
El Decreto Ejecutivo No.178 de 12 de julio de 2001 que reglamenta la Ley 1 de 10 de enero de 2001 sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana, salió publicada ayer en la Gaceta Oficial.Este documento, entre otras cosas, establece que la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas es la Autoridad de Salud para los efectos de la Ley objeto de reglamentación en todo lo relacionado a la expedición, suspensión, modificación, renovación y cancelación del registro sanitario, así como de efectuar las acciones de fármaco vigilancia, de control previo y de control posterior, de fiscalización, del conocimiento de las infracciones y de dictar las resoluciones relacionados a los registros sanitarios y disposiciones afines que le sean inherentes.Se excluyen en este caso, aquellos que se refieran a insumos, instrumental y equipo de uso médico-quirúrgico, radiológico y odontológico que no contengan un principio activo o ejerzan una entidad terapéutica.El Decreto 178 establece tasas en concepto de servicios, las cuales deberán pagarse en la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, con la presentación de la solicitud respectiva, además incluye normas generales sobre etiquetas y envases."Toda información impresa en las etiquetas debe estar en idioma español, con excepción de los nombres comerciales o de marca de los productos, los nombres y/o razones sociales de los laboratorios fabricantes y los nombres de los ingredientes o productos activos, de acuerdo a la Denominación Común Internacional (DCI); estos últimos podrán estar escritos en su idioma original siempre y cuando sea inequívoco su entendimiento en el idioma español", destaca el artículo 29 del Decreto 178.