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Impugnación contra Ricardo Martinelli, un proceso plagado de irregularidades

La jueza quinta electoral Elvia María Reginfo, dos día después de celebrada la audiencia de impugnación, ratificó su postura en cuanto a la inadmisibilidad y el rechazó demandas de impugnaciones contra Ricardo Martinelli.

Redacción Panamá América - Actualizado:

Audiencia de impugnación contra candidatura de Ricardo Martinelli. Foto/Victor Arosemena

Un mes y nueve días le tomó a la autoridades electorales resolver la legalidad de la candidatura del expresidente Ricardo Martinelli a diputado por el circuito 8-8 y a la Alcaldía de Panamá, en medio, de un proceso que a juicio de la defensa responde a intereses políticos.

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Este jueves, 11 de abril la jueza quinta electoral Elvia María Reginfo, dos día después de celebrada la audiencia de impugnación, ratificó su postura en cuanto a la inadmisibilidad y el rechazo a las demandas de impugnaciones.

El pasado 27 de febrero de 2019, la jueza quinta electoral había hecho pública su decisión de rechazar, en una primera instancia, la demanda de impugnación presentada por los abogados Jonathan Carrión,  Daniel Ramírez Lasso, Jorge Herná Rubio, este último padre del actual ministro de Gobierno y miembro del oficialista partido Popular, Carlos Rubio, decisión que fue apelada por los demandantes y luego resuelta por el magistrado Eduardo Valdés Escoffery.

Para la defensa del expresidente de la República, Ricardo Martinelli en este proceso, el Tribunal Electoral habría incurrido en una serie de irregularidades entre las cuales citó el no haber notificado mediante publicaciones en periódicos de circulación nacional las impugnaciones contra las dos candidaturas, haber rechazado pruebas testimoniales, además de no permitir a la abogada Alma Cortés constiruirse como apoderada judicial del partido Alianza.

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El recurso interpuesto por Jorge Hernán Rubio también fue considerado como extemporáneo por algunos letrados, como el abogado Alejandro Pérez quien explicó que antes de ir contra el candidato, primero se debió dirigir a impugnar el padrón electoral.

En tanto, Luis Educardo Camacho, vocero del exmandatario consideró la impugnación como "chimba" y "una conspiración del varelismo con el Partido Revolucionario Democrático (PRD)".

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No obstante, en medio de la polémica y amenaza de impugnación de la que fue objeto las candidaturas de Ricardo Martinelli estaba el documento de la Dirección Nacional de Organización Electoral del Tribunal Electoral emitido el 2 de enero de 2018  donde certificó su residencia electoral en el distrito de Panamá.

El documento también establece como centro de votación para Ricardo Martinelli el Centro de Convenciones Atlántico Pacífico (Atlapa).

En la audiencia de impugnación del pasado miércoles, 10 de abril, el propio fiscal general electoral, Eduardo Peñaloza echó por tierra  los argumentos de la parte impugnante, y fue enfático al afirmar que Ricardo Martinelli cumple con los requerimientos para ser candidato.

El fiscal electoral citó tres casos que desestiman estos planteamientos: los nacionales que se encuentran en el extranjero, pero que igual pueden votar en Panamá; los diputados que se trasladan a vivir en la capital, pero votan en sus respectivos circuitos; los diplomáticos panameños que pasan 4 años fuera, pero votan en estas elecciones; y los recluidos en las cárceles, que también votan, sin ser "residentes" de estos recintos carcelarios.

Para Peñaloza, Ricardo Martinelli "cumple en demasía" con los requisitos para ser candidato, porque no consta su intención de cambiar de residencia electoral.

Así también lo detalló el documento que lleva la firma de la jueza quinta electoral Elvia María Reginfo, donde queda claro que al vencer el  término para impugnar por residencia a Ricardo Martinelli, su resdencia electoral es la acreditada en la Dirección Nacional Electoral del Tribunal Electoral, que corresponde al corregimiento de San Francisco, distrito de Panamá desde el año 1993.

En cuanto, al argumento utilizado por la parte impugnante, sobre la dirección física del centro penitenciario El Renacer, donde se encuentra bajo detención preventiva el exmandatario, la jueza quinta electoral Elvia Reginfo reiteró que el Padrón Electoral penitenciario está diseñado para que los presidiarios puedan votar para Presidente de la República, sin que signifique que han sido excluidos del registro electoral en donde estaban iinscritos previo a su internamiento.

La reciente decisción de la jueza quinta electoral, que se da a menos de un mes para las elecciones generales del 5 de mayo de 2019, también establece que "esta resolución admite recurso de apelación ante el pleno del Tribunal Electoral" en lapso de 3 días, en tanto, la candidatura del exmandatario para alcalde capitalino y diputado por el circuito 8-8 sigue en pie.

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