Gobierno impulsa proyecto para construir un lago artificial en el Parque Omar
El Gobierno declara de interés público la construcción de un lago artificial de 2,500 m² en el Parque Omar, sujeto a evaluación ambiental.
Gobierno impulsa proyecto para construir un lago artificial en el Parque Omar
El Consejo de Gabinete declaró de interés público el proyecto para el estudio, diseño y construcción de un lago artificial de 2,500 m2 en el Parque Recreativo y Cultural Omar, mediante la Resolución de Gabinete del 15 de septiembre de 2026 publicada en la Gaceta Oficial.
La iniciativa, promovida por el Ministerio de la Presidencia, fundamenta su viabilidad en razones ambientales y sociales destinadas a la conservación y mejora de este emblemático espacio público de la capital.
Además, la resolución instruye al Ministerio de la Presidencia a realizar las gestiones correspondientes ante el Ministerio de Ambiente para acoger la obra al régimen transitorio establecido en el Decreto Ejecutivo N° 4 de 28 de mayo de 2026.
Las autoridades precisaron los siguientes términos para la tramitación: Las gestiones ante el Ministerio de Ambiente deberán concretarse en un periodo de hasta doce meses calendario desde la promulgación del Decreto Ejecutivo N° 4 de 2026.
Explica que la declaratoria de interés público no reinicia ni amplía el plazo legalmente fijado y se ordena la colaboración inmediata y efectiva entre las entidades públicas competentes para coordinar la tramitación del proyecto bajo el marco normativo vigente.
La declaratoria no autoriza el inicio de obrasEnfatiza que esta medida constituye un paso legal y normativo, pero no sustituye la evaluación de impacto ambiental ni otorga, por sí sola, el permiso para iniciar la construcción en el Parque Omar.
Para iniciar la etapa de obras, el proyecto deberá cumplir con: Aprobación por parte del Ministerio de Ambiente, cumplimiento de los procesos de consulta con la comunidad y obtención de licencias de seguridad, seguimiento y control dictadas por las autoridades correspondientes.
La disposición se fundamenta en los artículos 118 y 119 de la Constitución Política de Panamá, la Ley 41 de 1 de julio de 1998 (Texto Único Ambiental) y la Ley 8 de 25 de marzo de 2015, además de los decretos ejecutivos vigentes en materia de gestión ambiental.