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Economía / Margen máximo de comercialización de mascarillas desechables es modificado a 15%

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Acodeco / Coronavirus / Coronavirus en Panamá / COVID-19 / mascarilla

Coronavirus en Panamá

Margen máximo de comercialización de mascarillas desechables es modificado a 15%

Publicado 2020/05/14 07:30:00
  • Yessika Valdes
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Corresponderá a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ejecutar y velar su cumplimiento de este decreto, así como aplicar las respectivas sanciones a los agentes económicos que infrinjan estas disposiciones u obstaculicen la función de verificación no entregando los documentos requeridos.

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El documento esta modificación se hace ante la obligación del uso de mascarillas al salir de casa, por parte de la población a nivel nacional, como medida de salud para la mitigación del contagio del COVID-19.

El documento esta modificación se hace ante la obligación del uso de mascarillas al salir de casa, por parte de la población a nivel nacional, como medida de salud para la mitigación del contagio del COVID-19.

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A través del Decreto Ejecutivo N.152 que fue publicado este miércoles en Gaceta Oficial, se modificó el porcentaje de margen bruto máximo de comercialización por unidad de mascarillas desechables, sobre el precio de venta a 15%.

El documento esta modificación se hace ante la obligación del uso de mascarillas al salir de casa, por parte de la población a nivel nacional, como medida de salud para la mitigación del contagio del COVID-19.

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"Con finalidad de poder dar acceso a la población al uso de estas mascarillas desechables, se hace necesario rebajar temporalmente, por un término de tres meses, el porcentaje del margen bruto máximo de venta de comercialización por unidad, para que no supere el quince por ciento (15%) sobre el precio de venta", detalla el Decreto.

Corresponderá a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ejecutar y velar su cumplimiento de este decreto, así como aplicar las respectivas sanciones a los agentes económicos que infrinjan estas disposiciones u obstaculicen la función de verificación no entregando los documentos requeridos.

El Decreto Ejecutivo No. 114 estableció en 23% el margen bruto máximo de venta en toda la cadena de comercialización en la República de Panamá de artículos de aseo personal, limpieza y consumo, que sean de primera necesidad.

VEA TAMBIÉN: Empresas tropiezan con la reapertura después del Covid

En ese sentido, se continúa manteniendo en ese 23% el margen bruto en toda la cadena de comercialización para la venta de productos antibacteriales, gel alcoholado, alcohol para uso extremo, jabones antibacteriales líquidos o en barra, desinfectantes de uso doméstico, pañuelos desechables, desinfectantes en aerosol, vitamina C. Guantes desechables y paños húmedos.

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