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Panamá logra laudo a favor por expropiación de proyecto ecoturístico

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, indicó que los demandantes violaron la ley panameña y las protecciones especiales otorgadas a las comunidades indígenas.

Redacción Economía | economia.pa@epasa.com | @PanamaAmerica - Publicado:

El Ciadi indicó que por las razones antes señaladas todos los alegatos de los demandantes fueron desestimados. Archivo

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) falló a favor de Panamá por una demanda interpuesta en el 2015 por la supuesta expropiación ilegal de un centro ecoturístico que se pretendía construir en la comarca Ngäbe-Buglé.

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El tribunal internacional señaló que los argumentos de Panamá, cuyo foco era que el Ciadi no tenía jurisdicción sobre el caso, resultaron pertinentes, de acuerdo al diario digital Lexlatin.com.

Hogan Lovells, bufete de abogados que asesoró al Gobierno de Panamá en el proceso, indicó que los demandantes alegaron que el istmo expropió y no otorgó un trato justo y equitativo a las empresas y a su inversión en el proyecto residencial y hotelero, de acuerdo al rotativo digital.

Sin embargo, la decisión del tribunal se basó en que los demandantes violaron la ley panameña y las protecciones especiales otorgadas a las comunidades indígenas en Panamá, indicó Hogan Lovells, bufete de abogados en el rotativo digital.

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Agregó que la decisión se consideró grave e impidió a los demandantes obtener protección en virtud de los tratados aplicables.

La Corte también encontró que las empresas que iniciaron la demanda no realizaron la debida diligencia e ignoraron las múltiples señales de alerta con respecto a la ilegalidad de la inversión.

La demanda que fue interpuesta por Álvarez y Marín Corporation S.A. y una afiliada costarricense, Cornellis Willem van Noordenne y Bartus van Noordenne y la fundación holandesa Anbadi solicitaban una indemnización de 100 millones de dólares por daños morales, tarifas y costos a la obra que no pudo ser construida.

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El Ciadi indicó que por las razones antes señaladas todos los alegatos de los demandantes fueron desestimados.

El laudo del tribunal internacional se hizo definitivo el pasado 11 de febrero de 2019, cuando terminó el plazo de impugnación de la decisión.

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