Corte no admite demandas contra facultades del contralor Flores
- Francisco Paz
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El Pleno de la Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de inconstitucionalidad que interpuso un grupo de diputados independientes contra las medidas precautorias que posee el contralor general de la República.
Mediante Edicto No.228 se da a conocer esta decisión de los magistrados, tomada el 23 de diciembre del año pasado, y que contó con el salvamento de voto del hoy exmagistrado, Cecilio Cedalise Riquelme.
Los diputados independientes que colocaron la demanda fueron Janine Prado, Yamireliz Chong, Luis Duke, Lenín Ulate, Alexandra Brenes, Roberto Zúñiga, Jorge González, Jhonathan Vega, Miguel Campos y Yarelis Rodríguez, que pertenecen a la Coalición Vamos.
De igual forma, el Pleno de la Corte no admitió otras demandas similares presentadas por los abogados Ángel Álvarez, Gonzalo Walker Caballero y Maciel Ramos Cogley, en esa misma fecha y con el salvamento de voto del exmagistrado.
Las medidas precautorias adoptadas mediante la Resolución No.3126-2025 de 23 de septiembre de 2025, por la cual se aprueba el reglamento, forman parte de una disposición que existe en la ley desde 1984 y que por principio de legalidad fue utilizada por el contralor Anel Flores.
Los artículos 29 y 31 de la Ley 32 de 1984 establecen las medidas cautelares a las que tiene facultad, el contralor.
"Hoy estamos mandando cautelaciones al Registro Público, a los bancos y al resto de los organismos financieros del país, para asegurarnos que los dineros del país queden por lo menos de alguna forma retenidos hasta que salgan las últimas instancias en la Procuraduría y demás esferas judiciales", dijo el contralor en declaraciones divulgadas el 9 de octubre del año pasado.'
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demandas de inconstitucionalidad no fueron admitidas por los magistrados de la Corte Suprema.1
solo magistrado, que ya no está en el cargo, salvó su voto contra la decisión de sus compañeros.
Flores dijo que en conjunto con la Fiscalía y el Tribunal de Cuentas están haciendo algo similar a la extinta Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP) para lograr cautelar los dineros públicos malhabidos.

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