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Demandan jubilaciones para comisionados con diez mil dólares
Una de las demandas destaca que hay funcionarios en la policía que se pueden ir jubilados con salarios superiores a los 7,000 dólares.
Jason Morales - Actualizado:
"Cualquier panameño se jubila con un máximo de $2,500, pero son muy pocos".
Tres demandas de inconstitucionalidad contra las jubilaciones de comisionados de la Policía Nacional fueron presentadas ante la Corte Suprema de Justicia por el economista Juan Jované y el abogado Mario González. El catedrático universitario dio a conocer en Telemetro que actualmente existen 126 comisionados en la Policía Nacional, quienes en su momento eran conocidos como los coroneles, los cuales al jubilarse podrían crear una distorción muy grande en el presupuesto de Seguridad. Jované explicó que si se compara con un estudiante de ingeniería que luego que se gradúa de secundaria, pueden pasar 12 años para que obtenga su título, y si va a hacer un médico es igual, y al final de su carrera su pensión máxima va a ser de 2,500 dólares. Sin embargo, en el caso de un comisionado se le puede ir con hasta 10,000 dólares, e incluso si entra a la Policía a los 22 años, pero se jubila a los 52 años, y tiene una esperanza de vida hasta los 83 años, eso le va a costar al erario $3.6 millones, solo para esa pensión. VEA TAMBIÉN: Jubilaciones especiales a comisionados serán demandas en la Corte Esta situación crearía una mala distribución, y notaría aún más la diferencia con un policía de la calle que tiene los golpes de la vida. Destaca que hay funcionarios en la policía que se pueden ir jubilados con salarios superiores a los 7,000 dólares, por el resto de su vida, pero cualquier panameño se va con un máximo de $2,500, pero son muy pocos. Señala que si se van antes de los 62 años los paga el ministerio a cargo, y la Caja de Seguro Social sólo pone 2,500 dólares. "Al final de todo queremos que el país sea una nación con buenos médicos, ingenieros y profesores, o un país militarizado, donde un joven que debe decidir qué estudiar ve esto", sostuvo. Incluso cuando se establece en la Constitución cuáles son los cargos que pueden aplicar a una jubilación y se excluye al director, porque es un puesto sujeto a libre nombramiento y remoción por parte del presidente de la República.