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Enduceren ley 45, que protege al consumidor

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Karelia Asprilla (karelia.asprilla@epasa.com) / PANAMA AMERICA Estadísticas $25 mil dólares será la sanción máxima para los proveedores que incumplan la Ley 45. $50 mil será la multa de los casos en los que se presenten afectaciones a la salud de los consumidores.

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) exigirá a las distribuidoras de automóviles que operan en el mercado local que al vender un modelo de auto en 45 días deben tener repuestos del vehículo en Panamá.

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Asimismo, prohibirán adicionar cargos a los bienes o servicios como las propinas, las cuales serán voluntarias, además de obligar a los comerciantes de productos al por menor a retirar de los anaqueles del establecimiento los productos no aptos para la venta, entre otras exigencias.

Estas medidas se realizarán una vez se logre la modificación de la Ley 45 del 31 de octubre de 2007, la cual regula toda la materia del consumidor y la competencia en la República de Panamá.

Esta iniciativa se ejecuta por las constantes quejas por parte de los consumidores, dijo Pedro Meilán, administrador de la Acodeco, quien añadió que las modificaciones de la ley han sido consensuadas con la Cámara de Comercio e Industrias de Panamá, con el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), con las promotoras de viviendas (Acobir, Convivienda y la Cámara Panameña de la Construcción-Capac).

Según Meilán, la Acodeco ha redactado un proyecto que “no es el mejor del mundo, pero significa un gran avance en materias que están muy afectadas, como el caso de las promotoras de viviendas, sector con el mayor número de quejas reportadas en la entidad”.

La advertencia también incluye a las agencias de viajes que promocionan boletos a diferentes países a un precio de oferta, pero cuando el usuario compra el pasaje le informan que debe pagar otros cargos que disparan el presupuesto del cliente, agregó Meilán.

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