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Zona Libre de Colón implementará comercio electrónico

El comprador será un consumidor final que adquiere la mercancía para consumo propio y sin fines comerciales.

Redacción/@PanamaAmerica - Actualizado:

Zona Libre de Colón implementará comercio electrónico

La Junta Directiva de la Zona Libre de Colón presidida por el ministro de Comercio e Industrias, Augusto Arosemena, aprobó la Resolución mediante el cual se “Crea la Clave de Operación para la actividad de venta de bienes o productos a través de comercio electrónico y se reglamenta la misma”.

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De acuerdo al gerente de Zolicol Manuel Grimaldo, la Clave de comercio electrónico, que tiene un costo anual de $2,500, y se le otorgará a empresas que tienen vigente una clave de operación para realizar actividades comerciales y/o logísticas dentro de la Zona Libre de Colón.

Las transacciones de venta a través de plataformas de comercio electrónico y/o las transacciones de venta a las que se presten servicios logísticos utilizando la Clave de comercio electrónico, deberán cumplir con los siguientes parámetros:

El comprador será un consumidor final que adquiere la mercancía para consumo propio y sin fines comerciales.

 

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2. El valor de cada transacción individual reflejada en la respectiva Orden de Compra debe ser igual o inferior a Dos mil quinientos dólares ($2,500.00).


3. El valor total de compras o transacciones por cliente en un (1) mes no podrá ser superior a Diez mil dólares ($10,000.00).


" Me siento complacido de que las empresas de Zona Libre de Colón sean pioneras en este modelo de negocio, este un trabajo que desarrollamos con un equipo técnico legal de primer nivel" afirmó Grimaldo. La parte técnica y diseño del proyecto está a cargo de la empresa Omnipro, la asistencia legal Itaslaw y la plataforma es un trabajo conjunto ejecutado por la empresa Crimsonlogic.

Grimaldo sostuvo que podrán ser objeto de venta bajo la clave de comercio electrónico toda clase de mercancías, productos, bienes y demás efectos de comercio, con excepción de los artículos cuya reexportación, tránsito o transbordo sea prohibido o restringido de acuerdo con las leyes de la República de Panamá, cuando el usuario no cuente con las licencias o permisos respectivos.

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