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Autoridades panameñas violan el Principio de Especialidad a exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge

El abogado Carlos Carrillo solicitó a la Sala Penal que notifique de la objeción presentada a la Cancillería de Panamá sobre Roberto Borge Ángulo.

Luis Ávila - Actualizado:
Roberto Borge Ángulo fue gobernador de Quintana Roo, México.

Roberto Borge Ángulo fue gobernador de Quintana Roo, México.

Un incidente de objeciones en contra de la resolución número 1261 del Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex), por la cual se accedió a la solicitud de ampliación de la extradición en contra de Roberto Borge Ángulo, fue presentado por el abogado Carlos Carrillo.

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Dicho recurso fue interpuesto ante la Sala Segunda de lo Penal que dirige la magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López, y el mismo tiene como objetivo que se revoque y se niegue la solicitud de la ampliación de la extradición del exgobernador Borge Ángulo que fue hecha por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.

Cabe indicar que dicha solicitud de ampliación de la extradición contra el exgobernador de Quintana Roo se hizo sin que existiera orden de aprehensión en su contra.

Igualmente, se hizo en base a hechos anteriores al primer pedido de extradición que hizo México en el año 2017, por lo que se crea la vía para que Borge Ángulo pueda ser juzgado por otros hechos distintos por los que fue extraditado, algo que sería considerado como violatorio.

Hay que indicar que el Gobierno de Panamá, mediante la resolución ministerial número 1,320 del 15 de septiembre de 2017, accedió al pedido de extradición hecho por México.

Dentro de aquella solicitud, el Gobierno mexicano se comprometió a cumplir con el Principio de Especialidad que establece el Derecho Internacional en este tipo de procesos.

Ante esto, Carrillo indicó que en base a la resolución con la cual se accedió a la extradición de Borge en 2017, se configura la viabilidad del presente incidente de objeciones para la revisión de la Sala Penal, en base a lo dispuesto en el artículo 532 del Código Procesal Penal, que da la posibilidad de presentarlo en un plazo de 15 días luego de su debida notificación.

Violación al derecho a una debida de defensa

En su escrito de objeción, el abogado Carrillo advierte de una violación al derecho de defensa, en virtud de la existencia de una solicitud a la cual no se dio el trámite que exige la ley.

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El 2 de marzo de 2020 y el 11 de mayo de 2021, el defensor de Borge presentó memoriales en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los cuales se solicitaba que se cumpliera con el debido proceso y se les corriera traslado de la petición de México. Sin embargo, la solicitud del país Norteamericano fue resuelta sin ser consideradas ni incluidas las motivaciones hechas por Carrillo.

Esto infringe el derecho a una defensa efectiva que tiene el ciudadano mexicano.

En su solicitud, también deja claro que las autoridades mexicanas se contradicen en cuanto a una supuesta orden de aprehensión contra el ciudadano Borge.

En la nota que la Embajada de México entregó a las autoridades panameñas habla de una solicitud de aprehensión contra Borge, mientras que un juez en funciones de administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el estado de México, no habla de la existencia de orden alguna de detención en contra del exgobernador mexicano.

VEA TAMBIÉN: Los hechos delictivos varían entre provincias con más incidencias

Hay que recordar que el Estado panameño, en situaciones similares a la de Borge Ángulo, ha solicitado a otros países el respeto a la especialidad, excluyendo la viabilidad de incorporar hechos anteriores al pedido de extradición. Específicamente en el caso de un ciudadano ucraniano que fue extraditado, al cual Panamá en 2018 advirtió a su país que se abstuviera de abrirle causas nuevas.

Además, el jurista defensor hizo referencia a otras violaciones a tratados y convenios internacionales en este caso.

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