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Penas severas no impiden la contaminación

A pesar de que las leyes panameñas establecen multas tan severas como 10 millones de dólares para los que causen graves daños ambientales, esto no ha frenado la contaminación de los ríos y otros afluentes del país.

Morielle Lamuño /J. Morales - Actualizado:
La fraseSí existen leyes que regulan la contaminación de los ríos, lo que pasa es que las personas las desconocenHarley Mitchell MoránAbogado ambientalista933 mil 884 personas de 20 comunidades se ven afectadas por el curso de los ocho ríos contaminados que existen en la capital.22 contaminantes diferentes son detectados con frencuencia en los afluentes de la capital, el principal es la materia fecal.Poco puede hacer Anam, si la gente no cooperaEl abogado ambientalista y hasta hace poco asesor legal de la Anam, Harley Mitchell Morán, dijo que “poco es lo que puede hacerse” para evitar la contaminación, si la ciudadanía no coopera.Pidió a los ciudadanos que en caso de sorprender a alguien contaminando los ríos, lo denuncien ante la Autoridad Nacional del Ambiente para que esta institución envíe a sus inspectores.Por su parte, Rita Spadafora, directora de la Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (Ancon), dijo que a pesar de que el desarrollo de nuestro país se debe en gran medida al recurso agua, muchos ciudadanos siguen tirando colchones usados, chatarras y todo tipo de basura a los ríos de la ciudad.Agregó que a esto se le suman los vertidos de industrias irresponsables con procesos productivos obsoletos y débiles o inexistentes de protección.

jason.morales@epasa.com

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A pesar de que las leyes panameñas establecen multas tan severas como 10 millones de dólares para los que causen graves daños ambientales, esto no ha frenado la contaminación de los ríos y otros afluentes del país.

Las sanciones pueden variar según su gravedad en las esferas penales, civiles y administrativas.

Las normas legales establecen que las sanciones administrativas impuestas por la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) pueden llegar a un millón de dólares y que de esa suma en adelante y, hasta $10 millones, las aplicará el Consejo Nacional del Ambiente.

Adicionalmente, la Anam puede ordenar al infractor pagar una compensación por el daño causado, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.

No solo las denuncias acarrean una sanción pecuniaria, sino también de tipo penal. La Ley 5 del 28 de enero de 2005 establece penas de prisión de entre tres y ocho años para las personas que viertan desechos que contaminen o degraden los afluentes.

Mínimas denuncias

A pesar del amplio marco legal en materia ambiental, solo 27 denuncias se presentaron en el año 2013.

La Anam atendió 27 denuncias el año pasado, de las cuales más de la mitad se desestimaron por falta de pruebas y de personas responsables.

Trece de estas fueron procesadas y recibieron sanciones administrativas. Mientras entre enero y febrero de este año se han presentado tres acusaciones en la Anam.

Las normas establecen que cualquier persona puede presentar una denuncia sobre contaminación ambiental. Al denunciar una infracción, la persona pasa a ser parte del proceso y, si el caso amerita una multa, el denunciante recibe un porcentaje de ese monto.

Existen antecedentes

Hay pocos registros de empresas sancionadas durante los últimos diez años, entre estas, la Compañía Embotelladora, S.A. (Coca Cola de Panamá), AES Panamá, y PanaAm Generating Ltd.

A estas se les aplicó sanciones en base a la resolución AG-0021-2006, que permite a los administradores regionales imponer multas de hasta 10,000 dólares.

En abril de 2003, Coca Cola de Panamá fue multada por vertir colorante en la bahía de Panamá. Según un estudio de la Anam publicado en esa fecha, la empresa depositó en un drenaje 1,252 galones de colorante, usados para preparar la bebida Deli-Tutti.

La sustancia llegó a la quebrada Vista Hermosa, luego al río Matasnillo y terminó en la bahía de Panamá, lo que provocó una coloración rojosa en el agua.

La Autoridad Nacional del Ambiente multó a la empresa con 250 mil dólares por no cumplir con la obligación de prevenir el daño ambiental.

Para imponer estas sanciones, primero debe evaluarse el impacto ambiental, las características del producto contaminante, las cantidades, el grado de cooperación de la empresa para las investigaciones y el nivel de responsabilidad.

La empresa AES Panamá, que operaba en Condado del Rey, recibió una sanción de 300 mil dólares por derramar en el río Abajo 11,500 litros de gasóleo (hidrocarburo utilizado para calefacción y en motores de diésel).

La empresa “PanaAm Generating Ltd” (planta generadora de energía eléctrica) también fue sancionada. Se le impuso una multa de 99,500 dólares por el derrame de 1,100 galones de blend (una sustancia derivada del petróleo), por no avisar del siniestro a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), ni cooperar con el control de la contaminación.

En el 2007, la Anam multó con 5,000 dólares a la empresa Ingenieros Civiles Asociados (ICA-Panamá) por vertir aguas residuales al río Matasnillo.

La empresa incumplió con el Estudio de Impacto Ambiental presentado para la construcción de una estructura para el desarrollo de Punta Pacífica.

El incumplimiento consistió en no construir un tramo de tubería para canalizar las aguas residuales, que según trámites pertinentes avalados por el Ministerio de Obras Públicas (MOP), debía ser de 220 metros.

 

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