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1600 trabajadores han vuelto a sus puestos en una semana

Las empresas que permanezcan cerradas, podrán hacer sus prórrogas de suspensión de contratos de trabajo hasta por 4 meses estipulado por el Código de Trabajo Vigente de la República en su artículo 203.

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Según indica el listado del Mitradel, de esta cifra han sido reintegrados a sus puestos de trabajo 1,093 hombres lo que representa un 67% por ciento.

Un total de mil 629 trabajadores han sido reactivados a nivel nacional, mediante la apertura gradual de algunas actividades económicas post COVID-19, decretadas por el Ministerio de Salud y registradas en la base de datos del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).

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Según indica el listado del Mitradel, de esta cifra han sido reintegrados a sus puestos de trabajo 1,093 hombres lo que representa un 67% por ciento y unas 536 mujeres el 33% han retornado a las 152 empresas procesadas, verificadas y validadas por la Dirección Nacional de Inspección y la Dirección de Trabajo de esta entidad.

Las empresas deben informar y proporcionar al Ministerio de Trabajo, el listado con los datos generales de los trabajadores, completando el formulario digital de reactivación de contratos que se encuentra disponible en la herramienta Mitradel Digital en la página web www.mitradel.gob.pa tal como lo establece el Decreto Ejecutivo No.96 emitido el 15 de mayo de 2020.

Además, es de carácter obligatorio que dentro de las empresas cumplan con la Resolución DM -137 que norma la creación y registro del Comité de Salud e Higiene para la Prevención y Atención al COVID-19 que deberá estar conformado por representantes de los empleadores y trabajadores y realizar un monitoreo periódicamente para que se cumplan con las medidas sanitarias para evitar contagios.

VEA TAMBIÉN: Capac pide revisión de las cuentas pendientes al Gobierno

Cabe destacar que las empresas que permanezcan cerradas, podrán hacer sus prórrogas de suspensión de contratos de trabajo hasta por 4 meses estipulado por el Código de Trabajo Vigente de la República en su artículo 203.

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