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Administradores de PH, inmunes ante la ley

Los administradores de los PH se han convertido en los únicos que cuentan con una inmunidad que solo se les otorga a los diplomáticos extranjeros.

Luis Ávila - Actualizado:

Piden a las autoridades revisar la recién aprobada Ley de Propiedad Horizontal y dejar sin efecto la inmunidad otorgada a los administradores de los PH.

La nueva Ley de Propiedad Horizontal, sancionada por el Órgano Ejecutivo el pasado lunes 14 de febrero, otorga inmunidad a los administradores de los PH lo que ha sido ha calificado por el presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA) de Panamá, Juan Carlos Araúz, como "indebido".

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El presidente del CNA indicó que algo que le sorprende de gran manera, es que en la Presidencia de la República no se haya advertido que se estaba creando un fuero y un privilegio que es "indebido".

"El punto de partida es que en un país democrático lo que se debe procurar es fortalecer la administración de justicia, en la medida en que esta es la que disipa dudas y es la que en un momento determinado tiene que exonerar de responsabilidad a alguien luego de un proceso", explicó.

Hay que indicar que el artículo 96 de la ley 284 señala que: "el administrador no será responsable personalmente, civil, administrativa o penalmente por las actuaciones que, en el ejercicio de su cargo, y por mandato de la Asamblea de Propietarios o de la Junta Directiva, ejecute de conformidad con la presente ley. De igual manera, no podrá ser objeto de medidas cautelares civiles de carácter personal, ni en sus bienes, por las actuaciones en el ejercicio de su cargo".

De forma clara, Arauz señaló que el hecho de que exista una norma que anticipadamente impida un proceso civil, penal y administrativo, es una protección que se puede equiparar a lo que existe para diplomáticos extranjeros.

"Es decir, esa inmunidad diplomática está regulada en las convenciones internacionales, prácticamente se trajo ese concepto y se incorpora a favor de un particular, un individuo que no tiene ningún rol público de los cuales haya que protegerle", explicó.

Agregó que ni siquiera los diputados tiene inmunidad de la que se le ha dado a los administradores de los PH del país.

"Es grave porque el propietario de un inmueble siempre debe tener un derecho de cuestionamiento y siempre debe de procurar que sea en las instancias correspondientes donde se ventila y por eso la sorpresa de encontrar esa norma simplemente un motivo suficiente para proceder lo antes posible para que desaparezca de la vida jurídica", sentenció.

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Enfatizó que incluso él le hace un llamado de atención para que tanto la Presidencia de la República, como la Asamblea Nacional, presenten una iniciativa de ley para derogar esa norma que les da inmunidad a las propiedades horizontales del país.

"Inclusive esas normas tiene la capacidad de haber afectados procesos actuales, ya en curso en donde se puede invocar la validez de esa norma y queda extinguida la responsabilidad de una persona que estaba siendo procesada por algún tipo de irregularidad o señalamientos en tornos a los PH", sentenció.

El abogado Araúz puntualizó que lo llamativo es que nadie puede consentir que la ley sea desigual y que la misma debe ser igual para todos, por los que todas las personas deben estar sometidas a los procedimientos judiciales.

"La garantía del ciudadano es que la justicia funcione eficientemente, que haya un debido proceso, que se me permita ejercer un derecho de defensa, pero no es contar con un privilegio de este tipo, porque el día de mañana lo vamos a legislar sectorialmente y mañana pueden ser los doctores, después los abogados ingenieros, arquitectos, etc y cuando se va a ver, se tiene un catálogo de 80 sectores inmunes", dijo.

Araúz sentenció que esto abre una puerta "peligrosa" para que se pueda seguir legislando creando estas inmunidades.

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