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Anuncian reapertura del proceso de visitas conyugales en cuatro centros penitenciarios

Como requisito para acceder a las visitas conyugales, tanto el privado de libertad como su pareja deberán tener las dos dosis de la vacuna contra la covid-19.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @panamaamerica - Actualizado:

El Renacer es uno de los centros penitenciarios en que se habilitó el proceso de visitas conyugales. Foto: Cortesía Ministerio de Gobierno

La Dirección General del Sistema Penitenciario anunció que desde este jueves 11 de noviembre se dará la reapertura de forma escalonada del proceso de visitas conyugales en los centros penitenciarios El Renacer, Llano Marín, Aguadulce y Tinajitas, guardando las medidas de bioseguridad correspondiente.

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Como requisito para acceder a las visitas, tanto el privado de libertad como su pareja deberán tener las dos dosis de la vacuna contra la covid-19.

En caso de la pareja del privado de libertad, esta deberá presentar copia de la tarjeta de vacunación del Ministerio de Salud (Minsa) que certifique que se colocó las dos dosis, ya sea de Pfizer o AstraZeneca.

De acuerdo con la Dirección General del Sistema Penitenciario, los parámetros para acceder a visitas conyugales es el siguiente:

- Existirá un registro de personas autorizadas a realizar visitas conyugales, en el que se especificará la persona autorizada a visitar cada interno. Únicamente una persona será autorizada por cada privado de libertad.

- La solicitud de visita deberá realizarla la persona privada de libertad, por escrito, con identificación del visitante propuesto, a través de un formulario.

- La persona visitante y el interno/a deberán realizarse pruebas médicas para diagnosticar si padecen de VIH o alguna enfermedad de transmisión sexual infecto- contagiosa (gonorrea, sífilis, papiloma humano, VIH/Sida, clamidia, tricomoniasis, hepatitis B y C), examen preferiblemente realizados en instancias de Ministerio de Salud (Centros de Salud y PROBISIDA), cada seis meses.

- La persona visitante entregará con tres días de anticipación, a la visita, una prueba de antígeno de la covid-19.

VEA TAMBIÉN: Juicio a Ricardo Martinelli: 'Veredicto debe ser otra vez no culpable'

Lo anterior está establecido en la Ley 3 de enero de 2000, Ley 55 de julio de 2003 y el Decreto Ejecutivo 393 de julio de 2005.

En relación con las visitas conyugales en los demás centros penitenciarios del país, se informó que se realizan las adecuaciones pertinentes y limpieza para reiniciar dichas visitas.

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