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Iniciativa para evitar repetir procesos revocatorios contra autoridades electas

En la actualidad, se permite presentar más de un proceso revocatorio contra representantes, alcaldes y diputados independientes.

Francisco Paz - Actualizado:

Hace un mes, autoridades del Tribunal Electoral actualizaron los casos de solicitudes de revocatoria. Foto: Archivo

A una semana de que se retome la discusión en la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), uno de los temas que ha quedado para el último bloque es la revocatoria de mandato.

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En la actualidad, entre el segundo y el cuarto año constitucional se pueden presentar procesos revocatorios sin límites y pueden ser varios contra una misma autoridad electa.

Rubén Darío González, director nacional de Organización Electoral, dijo que se evalúa cambiar este hecho y que si un proceso revocatorio contra una autoridad fracasa, no se pueda presentar más solicitudes contra esta.

Este punto debe ser llevado a la CNRE en enero.

En la actualidad, ni un proceso revocatorio iniciado ha rendido los frutos deseados por sus solicitantes y en este mes ya venció el plazo contra dos autoridades electas.

Estos son el proceso seguido a la representante de Juan Demóstenes Arosemena (Arraiján), Raquel Murillo, que venció el 23 de diciembre.

El otro es el seguido al alcalde de Barú, Franklin Valdés, que venció este domingo, 28 de diciembre.

Para el 10 de enero vencerá el plazo del peticionario para que se le revoque el mandato a la diputada independiente Paulette Thomas, del circuito 8-3.

En el caso de la alcaldesa de Arraiján, Stefany Dayan Peñalba, la solicitud contra su mandato concluye el próximo 15 de enero, mientras que el del alcalde de Panamá, Mayer Mizrachi, termina el 4 de febrero.

Sin una regulación al respecto, entre 2026 y 2027, cualquier otro ciudadano podría solicitar, nuevamente, un proceso revocatorio contra estas autoridades escogidas en las urnas.

Sin embargo, la realidad es que en este periodo constitucional está ocurriendo lo mismo que en el anterior y es la falta de convocatoria de los solicitantes para conseguir el 30% de firmas de respaldo que pide el Tribunal Electoral para convocar a un referendo en la circunscripción correspondiente para determinar si la autoridad debe continuar o no en su cargo.

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