Gastos de campañas deben registrarse con factura electrónica
La DGI informa al Tribunal Electoral, de este requerimiento para empresas proveedoras de bienes y servicios, como para los partidos políticos y candidatos.
La Dirección General de Ingresos (DGI). Foto: Cortesía MEF
Las empresas proveedoras de bienes y servicios para las campañas políticas, de partidos políticos o candidaturas de libre postulación, que sean pagados con financiamiento público y privado, están obligadas a documentar a través de la factura electrónica.
Así lo advierte la Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Resolución No. 201-0384, del 17 de enero de 2024.
De igual manera, la DGI informa al Tribunal Electoral, de este requerimiento para empresas proveedoras de bienes y servicios, como para los partidos políticos y candidatos de libre postulación, el cual debe ser cumplido conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 76 de 22 de diciembre de 1976 y sus modificaciones.
Además, la resolución, publicada hoy 23 de enero en Gaceta Oficial, establece que todo procedimiento de solicitud de justificación de excepcionalidad del uso de equipos fiscales y del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, deberá ser presentado ante la DGI y deberá cumplir con lo dispuesto en el parágrafo 2, artículo 12 de la Ley 76 de 22 de diciembre de 1976 y sus modificaciones.
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