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MIRE acredita que Principio de Especialidad ampara a Martinelli

El acuerdo de extradición entre EE.UU. y Panamá establece que el acusado solo puede ser juzgado por los delitos especificados en la solicitud.

Vivian Jiménez | vjimenez@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

Martinelli afirmó que le han fabricado e inventado dos casos para inhabilitarlo políticamente y mantenerlo fuera del país. Foto: Epasa

La audiencia ordinaria del caso Odebrecht ha pasado por alto el principio de especialidad del expresidente Ricardo Martinelli, un recurso contenido en el artículo VIII del Tratado de Extradición entre Panamá y Estados Unidos (EE. UU.) vigente desde 1904 que establece que la persona en cuestión solo puede ser juzgada por ciertos delitos, en este caso, por atentar contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad (interceptación de telecomunicaciones, seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial), agravios contra la administración pública y diferentes formas de peculado como sustracción, malversación y de uso; en ningún apartado se menciona el blanqueo de capitales, delito del que se le acusa pese a que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIRE) certificó que el exmandatario aún mantiene esta cualidad.

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El abogado Carlos Carrillo Gomila, durante la fase de alegatos, presentó una nota emitida por el MIRE el pasado 11 de julio de 2024 en la que detallan puntualmente que no han recibido ninguna solicitud por parte de la Fiscalía Especializada Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación ni la Fiscalía Primera Especializada contra el Crimen Organizado relacionada con el levantamiento del principio de especialidad de Martinelli en los casos Odebrecht y New Bussines, respectivamente.

La institución reiteró que, según la Corte Suprema de Justicia (CSJ), es la única que puede realizar trámites de este tipo, lo que sustenta lo dicho por la defensa en el acto de audiencia: Martinelli no puede ser parte de un juicio que persigue un delito ajeno a los contenidos dentro del acuerdo de extracción; por ello, solicitaron su absolución, el rechazo de la solicitud de acción civil y el levantamiento de las medidas cautelares interpuestas.

Según Carrillo, la confusión que existe en torno a este amparo se debe a que cuando Martinelli fue declarado "no culpable" en el caso pinchazos, la exprocuradora Kenia Porcell interpretó junto a su equipo que su salida del país sería un causal para perderlo; no obstante, a este solo se renuncia voluntariamente, viajando a Estados Unidos o a través del juez que lo confirió, actuaciones que, hasta la fecha, no se han realizado.

"La procuradora no podía usurpar funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores e interpretar que no existía el derecho de especialidad que le fue notificado al Estado panameño por los Estados Unidos", afirmó.

Dicho recurso, de acuerdo con el jurista, debe ser respetado por la jueza Baloisa Marquínez porque ella tampoco puede pasar por encima de las competencias del MIRE en la emisión del fallo del caso Odebrecht.

Sostuvo que las autoridades panameñas no pueden interpretar el tema para emitir un juicio sin que haya una convalidación con quienes establecieron los parámetros del tratado; de lo contrario, se estaría incurriendo en un irrespeto a lo pactado entre ambas naciones (EE. UU. y Panamá).

"¿Para qué tenemos un tratado si no se va a aplicar en cuanto a su tenor literal por las autoridades? Esto es inaceptable y afecta la imagen de la República", sentenció.

El exmandatario Martinelli también se refirió al tema, afirmando que le han fabricado e inventado dos casos para inhabilitarlo políticamente y mantenerlo fuera del país.

Espera que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le haga justicia, ya que las instancias inferiores se la han negado, tergiversando el amparo al que tiene derecho y que accedieron las autoridades tras su extradición.

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