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El Derecho de Petición
Dr. Miguel Antonio Bernal - Publicado:
El Derecho de Petición es uno de los bienes jurídicos que toda persona posee en cuanto ser naturalmente llamado a comunicarse, a exigir y a participar.La doctrina internacional identifica desde hace ya mucho tiempo este derecho con la facultad universal e inviolable de dirigirse a las autoridades para requerir -con prontitud- de ellas una decisión.Hablar de democracia en nuestros días es algo imposible sin un reconocimiento efectivo del derecho básico de toda persona a llamar la atención de los poderes públicos por medios de quejas, manifestaciones, pedimentos y reclamos.El artículo 41 de la Constitución vigente establece que: " Toda persona tiene derecho a presentar peticiones y quejas respetuosas a los servidores públicos por motivos de interés social o particular y el de obtener pronta resolución.El servidor público ante quien se presente una petición consulta o queja deberá resolver dentro del término de treinta días.La Ley señalará las sanciones que correspondan a la violación de esta norma".Ya en 1821 la llamada Constitución de Cúcuta, que establecía un régimen republicano y liberal individualista, planteaba en su artículo 157 que: " La libertad que tienen los ciudadanos de reclamar sus derechos ante los depositarios de la autoridad pública, con la moderación y el respeto debidos, en ningún tiempo será impedida ni limitada".Pero, ¿qué ocurre en la actualidad con las autoridades y el Derecho de Petición? ¿Por qué razón éstas rehuyen su responsabilidad de acatar el derecho y recurren a todo tipo de argucias y "macalucias" administrativas para no atender las peticiones que se les formulan? El derecho de toda persona a presentar peticiones respetuosas impone a los servidores del Estado (incluyendo dentro de ellos a los particulares a quienes se encarga de las prestaciones de servicios públicos) un deber correlativo: el de dar a tales peticiones una pronta solución.Sin embargo, somos testigos que la actitud y comportamiento de las autoridades gubernamentales se aleja cada vez más de ese deber y evaden también las exigencias básicas que deben acompañar sus respuestas.Si las peticiones son presentadas a las autoridades para que éstas -según el caso- den inicio a una actuación administrativa, permitan el acceso de los gobernados a la información, sobre las acciones de los gobernantes, den a conocer documentos oficiales no reservados, expidan copias de los mismos, o emitan conceptos acerca de las materias a su cargo, ¿por qué motivo lo que observamos a diario es todo lo contrario por parte de las autoridades, sean éstas del Ejecutivo, del Legislativo o del Judicial? Las repetidas y cotidianas vulneraciones que se están dando en Panamá por parte de las actuales autoridades gubernamentales contra el derecho fundamental de petición, son muy inquietantes y se han convertido en una de las principales causas que atentan contra el orden público, las libertades ciudadanas y la seguridad jurídica a la que tenemos derecho los habitantes del territorio nacional.Hoy día venos cómo -cada vez más- aumenta el número de funcionarios que muestran renuencia, lentitud, ineficacia u olvido frente a las peticiones que les formulan los ciudadanos.Su actitud es, por ende, antidemocrática, autoritaria y repudiable.En nuestros días una petición es algo bien distinto a las súplicas que en otro tiempo se hacían a los monarcas y a sus virreyes, con el fin de obtener de ellos gracias o favores.El Derecho de Petición es un derecho de audiencia que se ejerce en múltiples casos como instrumento de participación ciudadana en el control del ejercicio de la autoridad pública.Es el derecho a exigirle y hacerle rendir cuentas a los funcionarios.Ese derecho no lo pueden seguir escamoteando o negando.Sin embargo, nunca antes tantas veces tan pocos funcionarios habían negado tanta información y peticiones.El no querer cumplir con su deber de responder y resolver con prontitud, está colocando a las autoridades al margen de la ley y está vulnerando nuestros derechos fundamentales.Los demagogos gubernamentales que se caracterizan por su criterio de " dominación política" - contrarios de "un derecho constitucional asegurador de la libertad"-, se apresuraron a principios del presente año a anunciarnos -el día de Reyes que-: " el Estado de Derecho se consolidaba en Panamá con la Ley de Transparencia en la Gestión Pública".No faltaron aquellos " desesperados" que corrieron a nadar al lado de los demagogos gubernamentales, en la aguas de la "transparencia" y " el derecho a la información".Poco les ha durado el alegrón puesto que el Decreto Ejecutivo 124 de 21 de mayo amordaza completamente la Ley 6 de 22 de enero de 2002, sobre transparencia y acceso a la información.¿Qué excusa nos darán para justificar el delito de lesa ciudadanía que perpetran al negar el derecho de petición y el de información? (mabernal@sinfo.net)Si nuestro gobierno está de acuerdo, habría que contratar el diseño de la obra siguiendo el motivo escogido, luego obtener el presupuesto y dar la obra a licitación.Por dedicar parte de esta obra a los presidentes estadounidenses, estoy seguro que se podría conseguir respaldo financiero de Estados Unidos.A la vez estaremos mejorando enormemente las relaciones con esa nación y construyendo un monumento que sería mundialmente reconocido como atracción turística.Confío que nuestra Asamblea le dará el respaldo necesario, porque el proyecto incluye personajes panameños de todos los partidos políticos y estaríamos construyendo un monumento digno de nuestro primer centenario.