Caída en cadena de los emblemáticos casos de Odebrecht en Perú
En el proceso de Lourdes Flores Nano, el Tribunal Constitucional tomó en cuenta que el caso llevaba más de siete años y que la apelación no se había resuelto.
Flores se suma a los expresidentes cuyos procesos relacionados con Odebrecht se han caído. Foto: Cortesía
El impacto de los emblemáticos procesos judiciales vinculados al escándalo de Odebrecht en Perú ha reabierto el debate regional sobre la solidez de las investigaciones fiscales y la validez de algunas de las pruebas utilizadas en estos casos.
Recientemente, el Tribunal Constitucional peruano anuló el proceso penal por lavado de activos contra la excandidata presidencial Lourdes Flores Nano, relacionado con presuntos aportes de Odebrecht y Camargo Correa a la campaña presidencial de 2006.
Cabe señalar que, en mayo de este año, el entonces juez Richard Concepción Carhuancho acogió el pedido de la excandidata mediante una excepción de improcedencia de acción y dispuso el archivo del proceso penal. Pese a esta nueva situación, el Tribunal Constitucional emitió un pronunciamiento sobre el fondo del caso, aunque, según esta interpretación, la demanda debió ser declarada improcedente.
En el caso peruano, el Tribunal Constitucional intervino tras una investigación de más de siete años, en un contexto en el que se buscaba evitar que la procesada continuara sometida a etapas judiciales prolongadas sin una resolución definitiva de las salas de apelaciones.
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, Flores Nano habría recibido aportes de entre 10.000 y 15.000 dólares de Odebrecht, además de otros 100.000 dólares provenientes de Camargo Correa, que presuntamente fueron canalizados a través de Carlos Neuhaus Tudela.
Esta decisión se suma a una serie de reveses judiciales en Perú que han dejado sin efecto condenas, cuestionado la validez de pruebas clave provenientes de los sistemas Drousys y My Web Day, o puesto fin a procesos contra los expresidentes Ollanta Humala, Alejandro Toledo y Pedro Pablo Kuczynski.
En el caso del expresidente Ollanta Humala, el pasado 15 de julio, el Tribunal Constitucional de Perú emitió una resolución que posteriormente fue conocida públicamente el 30 de julio y que declaró nulo el proceso penal en su contra, dejando sin efecto la condena de 15 años de prisión por lavado de activos.
A esta decisión se sumó, el 28 de agosto, el fallo del ministro del Supremo Tribunal Federal de Brasil, José Antonio Dias Toffoli, relacionado con el proceso contra el expresidente peruano Alejandro Toledo. La resolución declaró inválida la utilización de determinadas pruebas provenientes de los sistemas informáticos Drousys y My Web Day B de Odebrecht.
Hace poco, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de Perú ordenó el archivo definitivo del proceso por supuesto lavado de activos agravado seguido al expresidente Pedro Pablo Kuczynski, al aplicar criterios establecidos por el Tribunal Constitucional relacionados con la tipicidad de los hechos atribuidos al exmandatario.
La evolución de estos casos de corrupción ha reabierto el debate sobre la solidez de las investigaciones, la tipificación de los hechos y los límites entre la actividad política, el ejercicio periodístico y el derecho penal.
En esta línea, los juristas que representan al exmandatario Ricardo Martinelli han insistido reiteradamente en que el debate jurídico va más allá de un simple paralelo entre casos, al centrarse en definir si los criterios sobre la validez de los elementos probatorios deben tener un efecto vinculante y replicar su impacto legal en el sistema judicial panameño.