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MiAmbiente decomisa monos y loros en Panamá Oeste

Las multas por tener animales silvestres en cautiverio, que se encuentren en peligro de extinción o en población reducida, van de 1,000 a 5,000 dólares.

Redacción| nacion.pa@epasa.com| @panamaamerica - Actualizado:

Los animales habían sido obtenidos de forma ilegal.

La  Policía Ambiental Rural y Turística, la fiscalía Superior de Ambiente y funcionarios del Ministerio de Ambiente  decomisaron  dos  monos titis, un  mono cariblanco y retuvieron dos   loros coroniamarillos, dos  loros frentirrojos, tres  pericos australianos y dos  grosellas, en Panamá Oeste.

Versión impresa

Zuleyla Toribio Madrigal, bióloga de la sección de Áreas Protegidas y Biodiversidad de MiAmbiente Panamá Oeste, explicó que las especies mencionadas se mantenían en una residencia ubicada en el corregimiento Vista Alegre, distrito de Arraiján.

El responsable indicó que estas especies  fueron compradas de forma ilegal y otros los obtuvo en un centro de conservación exsitu denominado zoocriadero, por lo que deberá presentar factura de la compra.

En cuanto a los pericos australianos, indicó que los compró en un comercio local dedicado a la venta de estas especies.

Sin embargo, se le comunicó que la tenencia de estos animales necesita permiso y que contravino con las normas de la vida silvestre por contribuir a la compra ilegal, la tenencia sin autorización del Ministerio de Ambiente y de poseer especies silvestre amenazadas.

Toribio agregó, que  los primates descritos no estaban en óptimas condiciones por el entorno en que se encontraban, por lo que lo conveniente para estas especies es su rehabilitación y posterior reinserción en el ambiente natural y las aves silvestres reubicarlas en un sitio adecuado, para su bienestar.

Sobre este caso se procedió a citar  al responsable para que se presente a la oficina de Asesoría Legal de MiAmbiente Panamá Oeste para que exponga su descargo.

La compra de especies silvestres debe ser realizada en un zoocriadero comercial legalmente autorizado por el Ministerio de Ambiente y tramitar los permisos respectivos de acuerdo a la Resolución AG-0138-2004.

La tenencia de especies silvestre sin los permisos es una falta administrativa, debido que es una conducta no adecuada frente a la conservación de la biodiversidad y por ser ejemplares amenazados como los (mono carablanca, mono titis, loro coroniamarilla, loro frentirrojo).

La Ley 24 de 1995 "por la cual se establece la legislación de vida silvestre República de Panamá y se dictan otras disposiciones"  establece en el artículo 72 que quien sin autorización tenga en cautiverio animales silvestres que se encuentren en peligro de extinción o en población reducida, será sancionado con multa de mil (B/1.000.00) a cinco mil (B/5,000.00) balboas convertibles en pena de prisión de 6 meses a 1 año y el decomiso de los animales.

En cuanto a los tres (3) pericos australianos y los dos (2) rosellas, que son especies exóticas porque no son nativas de un país, la experta recalcó la tenencia de estos ejemplares necesita permiso.

Manifestó que la venta ilegal de loros y primates ponen en sumo riesgo su supervivencia clasificándolos como especies amenazadas en nuestro país.

De igual manera,  añadió que no se  otorga custodia de fauna silvestre  para los primates por el hecho de los cambios repentinos de temperamento pueden ser muy afables y tornarse violento sin aviso, aún con personas conocidas y de trasmitir enfermedades a los seres humanos.

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