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¿Los católicos somos menos?

Néstor Jaén - Publicado:
La última encuesta de CID-Gallup de Panamá (El Panamá América, 18/6/03) dice que los católicos que han dejado nuestra Iglesia son alrededor de 300 mil.

Esto puede ser cierto o no, y no coincide con otros sondeos; pero para mí no hay duda de que las personas cristianas no católicas, sobre todo evangélicas, han aumentado y esto me brinda la ocasión para hablar sobre el tema.

El asunto tiene muchas aristas, y yo solamente señalaré unos cuantos puntos que me parecen importantes:1.

No me extraña que, por ejemplo, las iglesias evangélicas pentecostales, se sientan contentas de crecer pero para mí sería negativo que se alegraran de la posible disminución católica que, entre paréntesis, en números absolutos no se da.

La primera alegría es legítima pero, a mi juicio, la segunda es muy negativa.

Yo amo a mi iglesia católica y me alegro cuando a nivel mundial veo que somos alrededor de mil 200 millones de fieles entre algo más de dos mil millones de cristianos.

Es decir, que somos más del 50% y el resto está divido entre numerosas denominaciones.

Pero estos “entusiasmos”, el mío y el de otros, siento que pueden tener una cierta dosis de superficialidad.

2.

Cuando he profundizado en el hecho numérico, no en estos momentos sino antes, he pensado a menudo que lo más importante no es cuántas personas pertenezcan a una u otra congregación e incluso a religiones no cristianas, aunque esto también merezca tomarse en cuenta porque puede ser síntoma de algo de mayor o menor importancia.

Pero la clave no es esa.

La clave es en qué grado está Dios presente en la vida de esas personas.

Cuánto compromiso serio hay en ellas.

La calidad más que la cantidad.

Y eso sólo el Señor lo sabe.

3.

La gente se cambia de iglesia o de religión por muchas razones.

Porque no me trataron bien en tal circunstancia, porque me han ayudado económicamente, por amistad con ciertos líderes religiosos, porque encontré la paz que buscaba, por la emotividad que despiertan en mí ciertos sermones, cantos o gestos; porque tal templo o capilla queda más cerca de mi casa, sin excluir que algunas veces se trate de nuevas convicciones de fe o de prácticas religiosas y morales.

Y esto es tan cierto que un líder religioso evangélico me comentaba, recientemente, que en nuestro país hay una continua peregrinación de una iglesia a otra, y esto tiene el gran peligro de terminar en una gran indiferencia religiosa.

Si alguien me dice, como sacerdote católico, que desea dejar nuestra Iglesia, lo que hago es preguntarle si la conoce bien y si ha tratado de vivir por lo menos conforme a sus enseñanzas fundamentales.

Si me responde negativamente a las preguntas, le digo que trate de que sus respuestas sean positivas y que luego hablamos.

Yo no puedo abandonar a mi Iglesia sin tener una conciencia profunda de lo que estoy haciendo.

4.

Nuestra iglesia católica tiene que ser muy autocrítica.

Si los sacerdotes nos encerramos dentro de las paredes de un templo y nos ocupamos prácticamente sólo de la liturgia, sin visitar a la gente, como lo hacen algunos pastores, es evidente que la falta de contacto produce alejamiento y es una buena tierra de cultivo para que otras personas hagan lo que hacemos nosotros.

Si nos falta entusiasmo en la predicación y parecemos más funcionarios que pastores, tampoco lograremos una evangelización adecuada.

Y eso sin hablar de los escándalos sexuales en ministros católicos sobre todo en Estados Unidos, aunque hay que reconocer que estos escándalos habidos en otras iglesias no se han publicitado como los católicos.

Es claro que el éxito evangelizador es obra del Espíritu Santo, pero El quiere nuestra colaboración.

5.

Por último, en el movimiento ecuménico evitamos el proselitismo, o sea tratar de convencer a otros para que dejan su iglesia o religión y se cambien para la nuestra; y peor si se hace con presiones psicológicas o de otro tipo.

En una reunión internacional en Caracas en la que participé, varios líderes evangélicos manifestaron que a ellos no les toca predicar el anticatolicismo sino el Evangelio y nosotros dijimos lo mismo en cuanto a no predicar el antievangelismo sino la Palabra de Dios.

El Señor será el principal constructor que trabaja con las semejanzas y con las diferencias que hay entre las diversas denominaciones y religiones.

Nosotros busquemos la verdad, pero en el amor que sabe dialogar y lo demás dejémoslo en las manos de Dios.

Hay, sin duda, más puntos que podríamos abordar; pero el espacio no nos da para más.

Que el Dios de los muchos nombres, pero que es sólo uno, haga crecer su Reino que es al fin y al cabo lo más importante.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el año pasado fue objeto de demanda por parte del ex director del Instituto Nacional de Cultura (INAC), Rafael Ruiloba, la misma se debió a que el ministerio otorgó contratos para buscar tesoros subacuáticos.

El MEF, para otorgar esos contratos, se ha basado en los decretos 364 de 1969 y 397 de 1970, los cuales están totalmente desfasados y subrogados por otras leyes, señaló una fuente a El Panamá América.

Además, la fuente indicó que los decretos en los que se fundamenta el MEF fueron creados basándose en la Constitución de 1946 en la cual no se definía el patrimonio histórico ni los bienes culturales.

Lo que sí está establecido en la Constitución de 1972, por lo tanto se está contradiciendo la actual Constitución.

De igual modo, no existía el Instituto Nacional de Cultura que se creó en 1974 mediante la Ley N° 63 y menos la Ley N°14 de 1982 referente al Patrimonio Histórico de la Nación.

En base a estas series de argumentos legales, el INAC procedió a presentar la demanda de nulidad contra algunos de los permisos que había otorgado el MEF, debido a que lesionan el patrimonio histórico de la Nación tal como lo definen la Constitución Nacional y las leyes de patrimonio histórico.

Según, la fuente entrevistada por El Panamá América, el ministerio está faltando a la Ley N°6 de patrimonio cultural del Estado por la cual se aprueba la convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales.

Es decir, que el Estado se obliga a proteger el patrimonio y que las monedas y armas antiguas están protegidas por la ley de patrimonio cultural, por lo que el Ministerio de Economía y Finanzas no puede dar permiso para que se lo lleven.

Frente a esta posición culturalista, el viceministro de Economía y Finanzas, Publio Cortés, señaló que los decretos no están desfasados porque la Corte Suprema de Justicia no los ha declarado inconstitucionales.

Además, que en el tema de la exploración de galeones y no sólo de esos bienes, sino de todos los que tengan valor y se encuentren en el fondo del mar, están regulados por los decretos 364 de 1969 y 397 de 1970, en los que se establecen con toda claridad la competencia del Ministerio de Economía y Finanzas en aquellos años llamado Hacienda y Tesoro.

De acuerdo a Cortés, es importante hacer referencia cuando se habla de hacienda, porque todos los bienes que están en los fondos marinos independientemente que tengan un valor cultural, son propiedad del Estado y parte de la hacienda, por lo que se manejan a través de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales.

Según Cortés, las empresas que tienen permiso para la exploración no realizan rescates de bienes culturales subacuáticos, ya que para efectuar esas labores se requiere otro permiso por parte del MEF y el INAC.

Son dos los permisos que concede el MEF: uno de exploración y otro de rescate.

Por otro lado, Cortés indicó que las empresas no se llevarán nuestros bienes de ser encontrados, ya que si los bienes son patrimonio histórico son parte del Estado por lo tanto, el país debe pagar una indemnización a las empresas que invierten dinero, tiempo, mano de obra y recursos tecnológicos en sacarlos de las profundidades marinas.

Este año mediante la Ley N° 32 del 26 de marzo se aprobó la Convención sobre Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de la UNESCO.

Esta nueva ley define cómo tiene que manejarse el tema de los rescates arqueológicos subacuáticos, los cuales tienen una serie de parámetros, que no están siendo cumplidos con los permisos que otorga el MEF, señaló el ex director Ruiloba.

Ruiloba comentó que los permisos que fueron de conocimiento en el INAC, los publicaron en las gacetas oficiales y los mismos han sido otorgados a Sea Heritage Panamá S.

A, Dos Mares Rescate S.

A, ambas empresas con capital norteamericano y panameño.

Según Julio Alemán, director general de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, los permisos que otorga la entidad son de exploración, luego los de rescate.

Actualmente, las empresas que tienen permiso para realizar labores de exploración son Sea Heritage S.

A, Investigaciones Marina del Istmo S.

A y Fundación ICASUR.

La empresa Dos Mares Rescate S.

A.

es la única que tiene permiso para realizar rescate en el área del Archipiélago de las Perlas en donde se encuentra el galeón San José, pero hasta el momento no han logrado sacar ningún bien, porque no ha existido un acuerdo previo con el INAC.

Alemán sostuvo que la empresa al no tener un convenio firmado con la entidad cultural no ha realizado ninguna labor de rescate de bienes subacuáticos por miedo a que sean decomisados.

Las demandas interpuestas ante la Corte Suprema de Justicia en la Sala Tercera de lo Administrativo y Contencioso referente a la ilegalidad de los contratos y la otra sobre inconstitucionalidad de las leyes en que se basan para otorgar los contratos, está en espera de respuesta.

Para el ex director del INAC si la Corte falla en la demanda de inconstitucionalidad, ya no se aplicaría para una empresa sino para todas.

No obstante, la procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, envió una carta el 22 de enero de 1997 al ex director del INAC, José Franco, en la que manifestaba la necesidad de actualizar y adecuar la legislación referente a la recuperación subacuática de piezas y bienes procedentes de naufragios.

Además, se señalaba que la actividad de rescates subacuáticos se encuentra restringida para las empresas privadas y sólo se establece que los centros universitarios y de investigaciones las lleven a cabo, ya que el Estado no cuenta con los recursos económicos.

Aparte de esto, en la nota se manifestó que grupos submarinistas han extraído del fondo del mar, piezas de gran valor para nuestro país sin ningún control por parte de las autoridades nacionales y que las disposiciones legales que regulan esta materia no han logrado controlar el aventurismo.

Para Ruiloba en Panamá no se declara ilegal el tráfico de bienes culturales porque eso afectaría el comercio del patrimonio subacuático, que en su opinión personal es un negocio secreto que hay en este país desde 1969.

Pero declarado ilegal el tráfico de bienes del patrimonio cultural subacuático se afectaría un gran negocio, por lo tanto no se aprueban leyes, pero se siguen afectando más de 5,000 sitios arqueológicos y los 89 galeones que están ubicados en las costas panameñas, detalló Ruiloba.

De ser declarado ilegal el tráfico de las riquezas culturales se tiene que realizar dentro del marco de la Ley N° 6 del 8 de noviembre de 1973 y esta ley incluye el patrimonio cultural subacuático.

El tráfico de los bienes culturales es considerado el tercer negocio ilícito después del tráfico de drogas y lavado de dinero.

Las coordenadas del galeón San José han sido ubicadas seis o siete años atrás y la empresa Dos Mares Rescate S.

A.

es la que tiene las coordenadas del hundimiento, hecho que preocupa a Ruiloba, ya que de rescatarse los objetos de oro y plata que se encuentran en la nave pueden ser llevados del Estado y perderíamos una parte de nuestro patrimonio.

Sin embargo, Alemán manifestó que los bienes del San José que se encuentren en el rescate son declarados patrimonio cultural subacuático, entonces el Estado está obligado a pagar una indemnización a la empresa y serían parte de nuestra riqueza cultural.

El San José fue equipado con un armamento de 28 sacres de bronce.

Cada sacre media siete pies de largo, con un peso aproximado de 1,500 libras, y disparaba un tiro de cinco libras de 3.

5 pulgadas de agujero.

Ruiloba explicó que el cañón ubicado en la entrada principal del INAC es un sacre del año 1628 y tiene una serie, que de acuerdo a lo investigado en el Archivo de Indias, corresponde al galeón San José.

El cañón es de bronce y fue decomisado por la entidad.

Luego de ser decomisado el cañón, el INAC fue objeto de demanda por una firma de abogados que reclamaban que se les pagara a la empresa que representaban la suma de B/.

250,000.

No obstante, en ese entonces el director del INAC, Rafael Ruiloba, asumió no pagar nada porque la empresa demandante no tenía el debido permiso de la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico.

Panamá puede entrar en conflicto internacional con respecto a los galeones desde varios puntos de vista, ya que muchas de las piezas que viajaban en esos barcos que se hundieron en costas panameñas no eran de Panamá, sino del Imperio Inca, por tanto Perú y España pueden reclamar esos tesoros.

Pero si nos referimos al derecho internacional estos tipos de conflicto no se suscitan, porque España nunca ha presentado reclamo de nada hasta la fecha ni ninguno de los países que pueden tener algún tipo de interés, señaló una fuente a El Panamá América Además, Panamá nunca ha reclamado nada a España a pesar que hay bienes culturales no sólo de nuestro territorio, sino de toda América y ningún país ha o está reclamando nada abiertamente, por lo que es un conflicto internacional poco usual.

El Instituto Nacional de Cultura (INAC), a través de la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico, ha declarado los sitios arqueológicos subacuáticos ubicados en la zona del mar territorial panameño.

En la resolución del INAC se señala como propiedad del Estado todos los objetos arqueológicos (estructuras náuticas, artefactos, piezas completas y fragmentos de los anteriores) que se encuentran en los sitios arqueológicos subacuáticos y en su entorno inmediato de acuerdo a una serie de coordenadas establecidas.

Las zonas arqueológicas subacuáticas están divididas por áreas.

La primera área es Isla Naranjos-desembocadura del Río Chagres, la segunda Portobelo, la tercera Nombre de Dios, la cuarta San Blas, la quinta y sexta es el Archipiélago de las Mulatas I y II, entre las áreas también se encuentra la isla Perico.

Entre las áreas declaradas zonas arqueológicas se encuentran ubicados barcos de la Flota del Pirata Morgan, barcos españoles, ingleses, escoceses, portugueses, entre otros.

Para declarar las zonas arqueológicas subacuáticas se basaron en la Constitución de la República de 1972, Ley de Derecho del Mar, Ley N° 14 de 1982 de Patrimonio Histórico, Convenciones Internacionales de UNESCO, Ley N° 6 del 8 de noviembre de 1973, Ley N° 9 y Ley N° 10 de 1977.

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