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Un concurso con olor a PRD
Felipe Sánchez Castillo - Publicado:
En abril de 1999, cuando era estudiante de la Escuela de Relaciones Internacionales, encabecé una vertical lucha con otros compañeros y connotados profesores en torno a la aprobación de la Ley 28 que estableció la carrera diplomática y consular en el país.En ese momento, maquiavélicas personas arraigadas dentro de la actual comisión calificadora auparon perniciosas deliberaciones en la otrora Asamblea Legislativa dirigidas para consignar en la aludida ley el aperturismo profesional en detrimento de los egresados de Relaciones Internacionales de la Universidad de Panamá.Gracias a la perspicua lucha, se logró aprobar la Ley 28 del 7 de julio de 1999 con evidentes modificaciones que preservaron la misión de la citada escuela.Es por ello que del 7 al 21 de noviembre se inician las inscripciones para participar en el II concurso público de admisión para el ingreso de terceros secretarios a la carrera Diplomática y Consular, de conformidad con la referida ley.En efecto, el Sr.Canciller ha convocado a la comisión calificadora para que organice y desarrolle el concurso apegado estrictamente a la ley en mención.Pero, observando minuciosamente el resuelto ministerial No.814 de 13 de septiembre que reglamenta todo lo concerniente a este dubitable concurso, pude evaluar que en el mismo se presentan manifiestas incompatibilidades que denotan vicios de ilegalidad tendiente a beneficiar a un selectivo grupo.Paradójicamente, la Ley 28 estipula, en el artículo 29, que sólo podrán participar quienes llenen los requisitos de poseer título al nivel de licenciatura en relaciones internacionales (RI), y en caso de otras profesiones deberán poseer postgrado en relaciones internacionales, ciencias políticas, derecho internacional o comercio internacional; mientras el resuelto ministerial dispone en el Cap.III , Art.13, poseer título universitario a nivel de licenciatura en RI o poseer título de licenciatura en otra disciplina y un título de postgrado en las mencionadas disciplinas.Esto refleja claramente que el resuelto en cuestión contraviene el espíritu de la señalada ley, con lo cual constituye profundamente en una advertencia de ilegalidad.De igual forma, el artículo 14 del resuelto consagra que los títulos de las Academias Diplomáticas extranjeras se reconocerán como cursos de especialización en la materia y no requieren de equiparación de créditos en la Universidad de Panamá, lo cual socava plenamente el deber constitucional que tiene la Casa de Méndez Pereida en el Art.99 de la Constitución, toda vez que dichos cursos de especialización serán tomados en cuenta para su ponderación, en consecuencia, constituye en una advertencia de inconstitucionalidad.Incoherentemente, el concurso tiene una ponderación de 100 puntos segmentados en tres etapas, los cuales son determinantes en la selección de los 10 terceros secretarios, en virtud del cual se ha elaborado tal ponderación poniendo gran relevancia a la comisión calificadora integrada por miembros y simpatizantes del PRD, en el entendido que las entrevistas de temas de actualidad política y económica nacional e internacional tienen una valorización del 20% otorgando poder absoluto para la asignación de los porcentajes ha los miembros de la comisión de marras, por lo cual queda en tela de duda el grado de transparencia del cónclave en mención.Por otro lado, se ha determinado en el Cap V a los tribunales examinadores temáticos, de conformidad con las decisiones que adopte la Comisión.En tal sentido, han asignado una valoración inadmisible al tribunal examinador de las Relaciones Internacionales y de Economía Internacional del 10% poniendo de manifiesto con esta decisión que desconocen profundamente el nuevo orden de las relaciones internacionales, que admite disciplinas como marketing internacional, comercio internacional, conocimiento de los negocios internacionales y otras que la globalización nos impone día a día.Pero, han incluido otros tribunales examinadores que propician la dualidad de funciones y conflicto de intereses de algunos de los miembros que forman parte de esta ambigua junta calificadora.Finalmente, se presenta otra ilegalidad con la activa participación dentro de la referida comisión del Presidente del Colegio Nacional de Diplomáticos, al cual se le ha vencido su período de gestión y pretende adentrarse en el concurso sin tener el aval de sus miembros, lo cual presagia negativas señales de parcialidad en dicho evento.Pongo al descubierto ante la ciudadanía, sociedad civil, partidos políticos y grupos organizados que el concurso convocado por el Canciller tiene loable sentido, pero los diseñadores le han impreso un marco regulatorio con olor a PRD, subyugando la profesionalización del servicio exterior.(scfelipe@hotmail.com)