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TE: No hay condiciones para organizar la pretendida consulta

Si la Corte resuelve las demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley 406 antes de la consulta, la haría innecesaria, dice el Tribunal Electoral.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

"En estos momentos, no hay condiciones para organizar la pretendida consulta popular", advirtió el Pleno del Tribunal Electoral. Foto: Víctor Arosemena

El Pleno del Tribunal Electoral (TE) aclara que no existe norma constitucional que le ordene hacer el tipo de consultas solicitada por el presidente de la República, Laurentino Cortizo, como tampoco existen las condiciones de seguridad y movilización para hacer este tipo de consulta. 

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Así respondió el Pleno del Tribunal Electoral este lunes 30 de octubre a la solicitud del mandatario para convocar a una consulta popular vinculante para decidir sobre el Contrato Ley 406 de 2023 el próximo 17 de diciembre.

El magistrado Alfredo Juncá aclaró que no existe en la Constitución Política ni en el Código Electoral, norma alguna que contemple el tipo de consulta popular solicitada, sin embargo, si una Ley debidamente aprobada y sancionada, lo ordena, corresponderá al Tribunal Electoral cumplir con la obligación de convocarla y organizarla.

Lo anterior, estaría sujeto al tiempo y a los recursos necesarios, siempre y cuando existan las condiciones para garantizar el ejercicio de todos los derechos políticos como los son los de seguridad y libre movilización.

"En estos momentos, no hay condiciones para organizar la pretendida consulta popular", advirtió el Pleno del Tribunal Electoral.

El Pleno del Tribunal Electoral también señaló que la solicitud planteada por el Órgano Ejecutivo implica esfuerzo adicionales y paralelos al complejo proceso de organización de la Elección General del 5 de mayo de 2024, y para la cual la institución se ha venido preparando desde hace dos años.

Adicionalmente, la Corte Suprema de Justicia tiene en estos momentos demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley 406 que, de resolverse antes de la fecha de la consulta, la haría innecesaria.

Así mismo, el Tribunal Electoral advierte que la vinculación o no del resultado de dicha consulta y el cumplimiento o no, de lo que en ella se decida, no es competencia del Tribunal Electoral sino del solicitante, en este caso el Órgano Ejecutivo.

Por lo anterior, el Tribunal Electoral ordenó a todas las partes involucradas en la presente crisis a dialogar y a contribuir con soluciones pacíficas y efectivas que le devuelvan la paz social al país.

Para la tarde de hoy se espera que el ministro de Gobierno, Roger Tejada, presente al pleno de la Asamblea Nacional el proyecto Ley que convoca para el 17 de diciembre de 2023 una consulta popular vinculante para adoptar una decisión sobre la terminación o no del contrato de concesión minera aprobada mediante la Ley 406 de 2023.

 

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