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Condenan a los asesinos de Agustín Guerra ocurrido en Renacimiento

El imputado aceptó la responsabilidad de los hechos, lo cual fue validado ante la Juez de Garantías Walkiria Martínez.

José Vásquez - Actualizado:
El crimen fue en la comunidad de Salitral. Foto: José Adames.

El crimen fue en la comunidad de Salitral. Foto: José Adames.

Carlos Iván Castillo de 20 años de edad, fue condenado a cumplir 10 años de prisión en un centro penitenciario, por su participación en calidad de autor, en los hechos que le causaron la muerte al ciudadano Agustín Guerra Guerra (q.e.p.d.), investigado por la Sección Especializada de Homicidio/Femicidio de Chiriquí. 

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Este viernes, el fiscal coordinador Humberto Rodríguez y el fiscal adjunto Aris Pittí,  de la Sección Especializada de Homicidio y Femicidios de Chiriquí, presentaron el Acuerdo de Pena No.08, fechado 22 de enero de 2018, por medio del cual, el imputado aceptó la responsabilidad de los hechos, lo cual fue validado ante la Juez de Garantías Walkiria Martínez.

 Este hecho se suscitó el día 21 de septiembre del año 2017, en la Comunidad de Salitral, Distrito de Renacimiento, donde luego de una discusión entre el occiso y los señores Carlos Castillo y Roger Orribarra, en las instalaciones de un bar, ubicado en el sector, ambos lo esperaron y cuando la víctima iba camino hacia su residencia, lo golpearon en la cabeza causándole la muerte.

 En el acto de audiencia  tuvo como sede las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia, donde se validó el método alterno,  donde además participaron  Kathia Madrid, defensora de víctimas y la mamá del prenombrado Guerra, la señora Cristobalina Guerra, quienes se mostraron de acuerdo con la pena impuesta.

 Por este caso, el ciudadano Roger Osmín Atencio Orribarra se acogió igualmente a un Acuerdo de pena, razón por la que actualmente se encuentra cumpliendo una condena de 10 años de prisión y su correspondiente pena accesoria.

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Recientemente también la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, ratifico la condena a 36 años de prisión a José Gabriel Miranda Ledezma, Amílcar Quintero Villareal y Ovidio Núñez Villareal por el homicidio del Periodista chiricano, Ramón Cano Mojica, quien fue asesinado el 1 de abril del 2014 con un arma de fuego en su residencia. 

La decisión de la Corte Suprema de Justicia, se dio después que las partes apelaran la condena impuesta por los magistrados del Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial quienes emitieron la condena de 36 años contra los tres responsables del homicidio.   

El juicio  en derecho en contra de los hoy condenados se realizó  el 9 de septiembre del año 2015 en la sala de audiencias del Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial. El magistrado sustanciador, Asunción Castillo, explicó en la resolución de condena que por  el delito de homicidio se aplicó una condena de 24 años de prisión (dentro de los intervalos que establece la ley entre 20 y 30 años), y en el caso del robo agravado la pena impuesta fue de 12 años de prisión, la cuales suman en su totalidad 36 años de prisión. 

El periodista Ramón Cano Mojica fue asesinado de un impacto de bala en la cabeza cuando salía de su residencia a las 6:30 de la mañana aproximadamente.  Sin embargo se estableció que al momento de la muerte el periodista cargaba una fuerte suma de dinero que no le fue encontrada al momento que se le trasladó al hospital Chiriquí, donde se confirmó su muerte.

 

  
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