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Contraloría aclara alcance de la licencia sin sueldo por investigación en la Asamblea Nacional

La aclaración responde a lo planteado públicamente por los diputados Roberto Zúñiga y Luis Duque, quienes han solicitado una explicación sobre esta medida.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

Contraloría General de la República. Foto: Archivo

 La Contraloría General de la República aclaró los fundamentos de la licencia sin sueldo por investigación en medio de indagaciones que se llevan a cabo en la Asamblea Nacional.

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De acuerdo a la entidad, esta aclaración responde a lo planteado formal y públicamente por los diputados Roberto Zúñiga y Luis Duque, quienes han solicitado una explicación sobre esta medida administrativa. 

La Contraloría detalló que, con base en el Decreto 90-2019-DNMySC, la licencia sin sueldo por investigación es una acción de personal que se aplica para verificar el cumplimiento de funciones y el uso adecuado de los recursos del Estado. 

Afirmó que no es una sanción, sino un mecanismo que permite realizar investigaciones con transparencia y respetando el debido proceso.

La institución precisó que a la fecha, únicamente 7 funcionarios mantienen suspensión de pagos, como parte de procesos de verificación e investigación iniciados desde la segunda quincena de marzo. El resto de los funcionarios ha recibido su salario de manera regular, incluyendo la primera quincena de abril. 

Agregó que a partir de la segunda quincena de abril, la medida de licencia sin sueldo por investigación será aplicada de manera formal, conforme a lo establecido en el marco normativo vigente, extendiéndose a los funcionarios bajo evaluación. 

Además, indicó que este tipo de medida no es nueva ni responde a una coyuntura específica. Durante el año pasado, la Contraloría General de la República aplicó licencias por investigación en distintos despachos de diputados, sin distinción política. 

En ese contexto, recordó que el artículo 161 del Reglamento de Recursos Humanos de la Asamblea Nacional establece que únicamente el presidente y el secretario general pueden autorizar excepciones al registro obligatorio de asistencia. “Cualquier situación fuera de este marco debe ser evaluada conforme a la ley”, señaló. 

La Contraloría explicó que, una vez concluidas las verificaciones, los casos que no cuenten con sustento serán remitidos a las instancias correspondientes para determinar responsabilidades. 

 

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