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Coronavirus en Panamá: Decretan toque de queda en todo el país

Los únicos ciudadanos que podrán estar en las calles en este lapso son: la Fuerza Pública, personal de salud de la Caja de Seguro Social y el Ministerio de Salud, los bomberos, Sinaproc, Acodeco, Aduanas, Migración, Idaan, Autoridad de Aseo, Sume 911, entre otros.

Francisco Paz | fpaz@epasa.com | @franpazate76 - Actualizado:

El transporte público podrá operar por motivos de salud, durante las ocho horas del toque de queda. Archivo

Aunque la medida se comenzó a poner en ejecución en algunas provincias y distritos, desde anoche se estableció un toque de queda en todo el territorio nacional, de 9:00 p.m. a 5:00 a.m.

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El decreto mediante el cual se fija esta medida es el 490, que fue firmado por el presidente Laurentino Cortizo y la ministra de Salud, Rosario Turner, el pasado miércoles, y publicado ayer en la Gaceta Oficial.

Como toda regla, esta norma ejecutiva tiene sus excepciones.

En este sentido, los únicos ciudadanos que podrán estar en las calles en este lapso son: la Fuerza Pública, personal de salud de la Caja de Seguro Social y el Ministerio de Salud, los bomberos, Sinaproc, Acodeco, Aduanas, Migración, Idaan, Autoridad de Aseo, Sume 911, puertos, aeropuertos, Autoridad del Canal, diputados, alcaldes, representantes y otros servicios públicos indispensables.

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Además, trabajadores de hospitales, clínicas, veterinarias y laboratorios clínicos, farmacias y empresas dedicadas a la fabricación de desinfectantes y productos de higiene.

También podrá circular el transporte público, por motivos de salud, así como el dedicado a movilizar a trabajadores de instituciones y empresas.

Los trabajadores de gasolineras también están autorizados para estar en las calles, así como los de supermercados y abarroterías.

De igual forma, aquellos que laboran en restaurantes, que solo podrán brindar autoservicio o servicios de entrega a domicilio, así como las empresas que se dedican a estos.

Los que trabajen en hoteles también podrán circular, así como las empresas de valores y los agentes de seguridad.

La excepción también alcanza a colaboradores de bancos y cooperativas, industria agroalimentaria, producción de energía, telecomunicaciones, medios de comunicación, industria de carga y transporte humanitario.

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El decreto establece que las sanciones a quienes incumplan con el toque de queda serán impuestas por las autoridades correspondientes, de acuerdo a sus competencias.

Esto se traduce en jueces de paz, en primera instancia, como nivel básico de la justicia administrativa en el territorio nacional.

No se especifica la duración de la medida.

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