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Admiten querella penal contra ex embajador de Panamá en Italia, Fernando Berguido

La denuncia contra Fernando Berguido fue interpuesta por la defensa del ex presidente Ricardo Martinelli por la presunta comisión de los delitos contra la Administración de Justicia y contra el honor.

José Chacón - Actualizado:

La defensa de Ricardo Martinelli pide una reparación civil por un millón de dólares, por el daño ocasionado por Fernando Berguido contra el honor del expresidente. Foto: Panamá América.

El Ministerio Público admitió la querella penal que interpuso el equipo legal del expresidente Ricardo Martinelli contra el ex embajador de Panamá en Italia, y ex directivo del Diario La Prensa, Fernando Berguido.

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Según Alejandro Pérez, miembro de la defensa del ex mandatario, fue notificado de la aceptación de la denuncia contra Fernando Berguido esta senama.

La querella es por la presunta comisión del delito contra la Administración de Justicia (Simulación de hechos punibles) y contra el honor (Calumnia), acotó la fuente.

Dicha querella, presentada por el abogado Alejandro Pérez, obedece a una publicación del diario La Prensa, del 9 de septiembre de 2019, en la que Fernando Berguido "expone dolosamente el ánimo de vincular a nuestro representado con una sentencia de primera instancia dictada por el Tribunal de Nápoles, en la cual nunca se le hicieron cargos o atribuyó responsabilidad", se lee en la denuncia.

Agrega el documento que, Fernando Berguido simuló hechos punibles y calumnia en actuaciones judiciales, remitiendo a la Corte Suprema de Justicia de Panamá, una sentencia de primera instancia dictada por el Tribunal de Nápoles para que se investigara a Ricardo Martinelli por el delito de extorsión, cuando en la misma nunca se le atribuyó responsabilidad alguna.

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A juicio de los abogados de Ricardo Martinelli, el exdirector del diario La Prensa, incumplió con el procedimiento legal establecido para el trámite de asistencias judiciales internacionales entre países con tratados al remitir, mediante la Cancillería de la República, esta sentencia a la Corte Suprema, siendo consciente que el 4 de septiembre de 2014, el administrador delegado de la empresa Salini Impregilo S.p.A., Pierdro Salini, suscribió constancia que "nunca recibió de Ricardo Martinelli, ninguna solicitud de donación de cualquier índole" y dentro de la sentencia en mención no se hacen cargos al querellante.

Se menciona en el recurso que ante la ausencia de elementos de convicción, la Corte Suprema dispuso el 15 de febrero de 2018, el archivo provisional de la denuncia presentada por Berguido.

Según el artículo 382, citado en la querella, "quien denuncie ante la autoridad la comisión de un delito a sabiendas de que no se ha cometido o simule pruebas que puedan generar una investigación criminal, será sancionado con prisión de dos a tres años o su equivalente en días multas o arresto de fines de semana".

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Al momento de presentar la querella, los abogados del ex gobernante, solicitaron al fiscal de Atención Primaria que se admitiera la denuncia penal contra Fernando Berguido y "se realicen todos los actos de investigación y diligencias necesarias para acreditar la ubicación de los instrumentos y herramientas utilizados para cometer los delitos querellados".

Sustenaton que la actuación del querellado forma parte de la estrategia mediática conocida como lawfare, que desde que era director de la junta directiva de La Prensa, ejecutó contra el expresidente Martinelli.

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