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Conceden Habeas Corpus Reparador a favor de West Valdés

Luego de estar varios años detenido, Valdés recibió un cambio de medida cautelar que le permitirá salir de prisión y mantenerse recluido en su residencia. El caso de Valdés fue denunciado internacionalmente por violación a los derechos humanos.

Luis Ávila - Publicado:

West Miguel Valdés.

El Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá concedió un cambio de medida cautelar a West Miguel Valdés, quien es investigado por el supuesto delito de blanqueo de capitales.

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Los magistrados Wilfredo Sáenz, Eda Cecilia Gutiérrez y María De Lourdes Estrada accedieron a una acción de Habeas Corpus Reparador presentado por el abogado Gilberto Cruz Ríos, en representación de Valdés, para que se decretara ilegal su detención provisional.

"Esto en atención a los excesos indicados en el artículo 237 del Código Procesal Penal, en donde en su último párrafo se establece, como máximo, el tope de la detención preventiva por un periodo de un año", explicó el jurista.

Los magistrados, a través de sentencia del 26 de junio de 2020, accedieron a la acción de Habeas Corpus presentada por Cruz Ríos, al validar las pruebas que presentó.

Como pruebas, el jurista presentó documentación en la cual se dejó establecido el abuso de la detención preventiva contra Valdés, la que le fue aplicada desde el pasado 23 de enero de 2017, en República Dominicana.

En el Habeas Corpus, el abogado Cruz estableció que a Valdés se le vulneraron los principios de interpretación y prevalencia, legalidad procesal, juez natural, separación de funciones, independencia e imparcialidad, inocencia, derecho a la defensa, libertades personales, control judicial de afectación y respeto a los derechos humamos.

Por su parte, los magistrados, en su escrito, declararon legal la detención provisional aplicada a Valdés. Sin embargo, accedieron al cambio de la medida de detención provisional aplicada, por la obligación de mantenerse recluido en su propio domicilio.

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También le impusieron la prohibición de salir de su residencia o del territorio nacional, sin la autorización de la juez de la causa, además debe entregar su pasaporte al Tribunal que lleva su caso y comunicarle al juez respectivo, cuál es el número de casa o apartamento en donde cumplirá con la medida impuesta por los magistrados del Tribunal Superior,

Esto, con la finalidad de hacer las comunicaciones respectivas a las autoridades de Migración y a la subestación de Policía cercana a la residencia de West Miguel Valdés.

Luego de conocido el cambio de medida, el defensor indicó que "este es un proceso en donde debió haberse aplicado la favorabilidad de la norma a West Valdés desde hace mucho tiempo, sin embargo ningún Tribunal lo había aplicado hasta ahora".

Además de este recurso que fue resuelto, Cruz también interpuso una queja administrativa ante la Defensoría del Pueblo por violación a las garantías fundamentales de Valdés.

Además, en medio de la pandemia, el abogado defensor interpuso una denuncia contra el Estado panameño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA), por el abuso de la detención preventiva y la situación de indefensión en la que se encuentra su defendido.

"El motivo de la presente denuncia es una evidente violación a los derechos humanos y a todos los convenios internacionales a los cuales Panamá es signatario, entre los que están: el derecho a la integridad, la libertad personal, las garantías judiciales, la protección de la honra y la dignidad, entre otros", explicó Cruz.

En su momento, Cruz precisó que el Ministerio Público y el Órgano Judicial mantenían secuestrado y privado de sus derechos a su defendido, quien por encima del orden jurídico, ha cumplido su pena anticipada.

El caso de Valdés ha sido duramente cuestionado por diferentes gremios de abogados por la violación al debido proceso.

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