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Tribunal de Juicio Oral cuestionó la falta de pericia del Ministerio Público a la evidencia digital

Otro aspecto cuestionado por el Tribunal fue la falta de elementos presentados por la fiscalía con valor probatorio para sustentar su teoría del caso.

Luis Ávila - Actualizado:

Las juezas dejaron establecido en su fallo absolutorio que nunca se pudo comprobar que Ricardo Martinelli cometió delito alguno. Foto: Víctor Arosemena

El Tribunal de Juicio Oral que absolvió al expresidente Ricardo Martinelli, en el caso de supuestos pinchazos telefónico, manifestó en su fallo que no encontró justificación alguna para la "falta de investigación" por parte del Ministerio Público (MP) a la evidencia digital de las supuestas víctimas.

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Esto, al tratarse de correos electrónicos, por lo que un análisis de la evidencia digital no solo era trascendental, sino también imperativo, señalaron en su fallo las juezas Iveth Francois, Jennifer Saavedra y Marisol Osorio.

"El hecho de no analizar a fondo los equipos informáticos que entre los años 2012 a 2014 utilizaron las víctimas, produjo una falencia de detalles que hubiesen podido nutrir al Tribunal sobre la teoría del caso y de la defensa, que a través de su contrainterrogatorio dejó al descubierto la inexistencia de un trabajo forense informático profundo", expresaron.

El Tribunal también se refirió a parte del contenido de los correos que presentaron la fiscalía y los querellantes como evidencia, la cual no tenía mayor importancia para este juicio.

"Se observaron contenidos de los correos que visualizó el Tribunal y que algunos se trataban de comunicados o convocatorias, es decir no se trataba de correos estrictamente personales o privados, puesto que un comunicado o convocatoria son de naturaleza pública", explicaron las letradas.

La juezas en su absolución agregaron que tratándose de una comunicación masiva, no tiene certeza de que el contenido hay sido conocido por una interceptación, o que la divulgación se haya dado por alguna otra vía.

"Otro aspecto relevante, es que no todas las víctimas encontraron el correo original en su cuenta, tal como le sucedió a José Stoute, que no visualizó ninguno de los correos que le fueron mostrados", dijeron.

Además, señalaron que ninguno de los correos que supuestamente fueron impresos por las supuestas víctimas les fueron mostrados al Tribunal en el juicio, por lo que no se tuvo la inmediación pertinente con la debida prueba.

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Por lo que mal podía el Tribunal hacer un juicio con una información incompleta.

Sin asidero jurídico

Otro aspecto importante que fue analizado por las juezas fueron los señalamientos de supuesto seguimiento y vigilancia ilegal ordenados por Martinelli a Balbina Herrera, Mitchell Doens y José Luis "Popi" Varela. De forma contundente, las juezas indicaron que ninguno pudo acreditar estos supuestos delitos y por el contrario, los mismos eran figuras importantes que para cuando Martinelli era presidente realizaban diversas acciones de protesta, por lo que sus movimientos eran observados por el Consejo de Seguridad Nacional.

Situación que fue corroborada por la testigo Carmen Salinas, quien dijo al Tribunal que constantemente se hacían informes de los grupos de presión, entre ellos el denominado Frente por la Democracia, al cual pertenecían figuras opositoras a Martinelli.

Luego de analizar los testimonios de Balbina, Mitchel y "Popi", el Tribunal enfatizó que al compararlos con el resto de las pruebas, no se encontró asidero jurídico a esta acusación de seguimiento ilegal, ni que Martinelli haya sido parte del mismo.

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También se refirieron a la cancelación de una reunión política a la ingeniera Balbina Herrera, la cual se hizo supuestamente a través de una llamada falsa, en la cual aparentemente ella daba la orden.

Situación de la cual culpó a Martinelli sin tener sustento alguno de que el mismo haya dado dicha orden, concluyeron.

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