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Ombudsman opina sobre editorial

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Defensor del Pueblo Leímos con mucho interés y detenimiento el editorial del diario "El Panamá América" de 1 de diciembre de 2000.

Aparte de considerar que el editorial es sesudo e inteligente, debo expresar algunas consideraciones, toda vez que el tema tratado se refería a mi actuación como Defensor del Pueblo.

Compartimos plenamente los conceptos del editorial, por cuanto la experiencia que hemos tenido en dicho cargo -y la que también hemos recibido de otros colegas de Iberoamérica- es que un Defensor del Pueblo debe mantener y fortalecer su absoluta independencia frente a los poderes fácticos.

En el ejercicio de nuestro cargo, al margen de los errores y aciertos que como humanos no son propios, me siento orgulloso de haberle dejado al país el ejemplo de un funcionario que defendió y actuó con independencia frente al gobierno anterior, pero que también lo hizo con el actual gobierno.

Somos de la opinión que si bien es cierto que la ley no impide que quienes hayan sido miembros de partidos políticos aspiren al cargo, no es menos cierto que lo ideal es que la persona ni sea ni haya sido miembro de algún partido político, ni tampoco haya sido candidato a un cargo de elección popular.

Por otra parte, deseo recordar que cuando fuimos elegidos, la Institución sólo existía en una ley y no había nada hecho.

En menos de tres años, la Institución se creó, se organizó y se instaló debidamente frente a los obstáculos financieros que nos pusieron desde un inicio y que son públicamente conocidos.

Sin embargo, nada hizo variar la promesa que hice aquel 27 de junio de 1997, cuando manifesté que no aceptaría presiones políticas y que ejecutaría mi cargo alejado de los factores e intereses políticos.

Así lo hemos demostrado hasta la saciedad.

Al terminar, el próximo 1 de abril de 2001, nuestro período como primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá, puedo decirle que hemos recibido y tramitado casi seis mil quejas en menos de tres años, lo que demuestra la credibilidad que la institución ha proyectado en la sociedad.

Hemos obtenido importantes logros como la liberación humanitaria y sin pago de dinero, de Nicolás Pérez, a quien ni siquiera conocíamos y a quien rescatamos de las selvas colombianas después de negociar pacientemente con el Ejército de Liberación Nacional (ELN) por ocho meses; logramos el retorno de Luis Ladeuat y antes de eso, logramos una hora adicional para que los panameños votaran en el Referéndum Constitucional de 1998; haber realizado exitosas mediaciones como la lograda entre 500 cañeros y la empresa Central Azucarera La Victoria; haber conseguido que más de 350 trabajadores portuarios de Chiriquí Grande (Bocas del Toro) llegaran a un acuerdo con la Empresa Petroterminal de Panamá (PTP).

También nos sentimos muy satisfechos de haber colaborado efectivamente con la libertad de expresión en Panamá, haber denunciado las violaciones a la libertad de expresión, las persecuciones contra periodistas y medios de comunicación y haber presentado un detallado informe sobre tan importante derecho, al que hizo referencia el Relator Especial para la libertad de expresión de la OEA en su informe 1998-1999.

En fin, sería muy largo enumerar nuestros logros, pero lo que sí podemos asegurar es que cuando fuimos elegidos solamente existía la ley y no había ni una silla, tan siquiera, para sentarnos.

Por consiguiente, nos correspondió organizar, instalar y crear la primera Defensoría del Pueblo, establecer sus procedimientos y métodos para la atención de las quejas, después de haber funcionado la institución durante los seis primeros meses en nuestra residencia, puesto que no nos dieron el oportuno apoyo financiero para hacerlo.

Es muy fácil para algunos criticar ahora cuando todo está hecho.

Hemos escuchado a algún candidato criticar las características de la Defensoría del Pueblo y nos preguntamos: ¿Cómo pueden criticar o pretender dirigir una institución, si ni siquiera la conocen? ¿Qué autoridad tienen para criticar, si nunca se interesaron por conocer cómo fue instalada y organizada? Sin embargo, consideramos que no se trata de realizar ahora -y en estos tiempos de candidatura- una visita cosmética para llenar un requisito o una apariencia.

Tenemos la íntima satisfacción de haber cumplido ejerciendo el cargo de forma independiente y con verdadero coraje.

Es que el artículo 1 de la Ley No.

7 de 5 de febrero de 1997, más claro no puede ser cuando dice que la Defensoría del Pueblo no recibirá instrucción de "ninguna autoridad, "rgano del Estado o persona".

Como quiera que eso dice la Ley, tenemos en paz nuestra conciencia, porque eso lo hemos cumplido plenamente.

Atentamente,Dr.

Italo Isaac Antinori-BolañosDefensor del Pueblo de la República de Panamá.

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