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Privilegios para los policías
Tomado de Internet - Publicado:
Una de las mayores críticas a la ley que desaparece a la Policía Técnica Judicial (PTJ) y crea la Dirección de Investigación Policial (DIJ), es el hecho que los policías miembros de esta organización sólo podrán ser sancionados por sus superiores y no por los fiscales que instruyen los procesos.El artículo seis de esta ley señala, que los agentes de policía que omitan, retarden y realicen tardíamente las directrices de los jueces o fiscales será sancionados disciplinariamente por su superior jerárquico.El artículo también señala que en caso de incumplimiento de una orden el juez o fiscal advertirá al director del servicio de policía y previo el debido proceso se adoptarán las medidas pertinentes.Según la procuradora de la Nación, Ana Matilde Gómez, este es uno de los aspectos de la nueva ley que deberán se manejados de manera coordinada entre el Ministerio Público y las autoridades de policía.Otro punto que ha generado polémica es el hecho que la DIJ será dirigido por un comisionado de la Policía Nacional, quien deberá tener conocimiento criminal y que deberá cumplir con los requisitos sicofísicos exigidos por la Policía.Este punto también fue criticado duramente por los funcionarios del Ministerio Público, quienes estiman que el director deber ser un abogado con un amplio dominio del derecho panameño.El texto de la nueva ley también señala que la DIJ deberá recibir información sobre las libertades, medidas cautelares y otros beneficios que se otorguen a los detenidos.También deberá llevar un archivo respecto a los sindicados, en donde se encontrará su foto, su sentencia condenatoria o absolutoria, resoluciones de libertad condicional, libertad vigilada, suspensión o sustitución de la pena.A la vez corresponderá a la DIJ la expedición del Certificado de Información de Antecedentes Penales (récord policivo), que contendrá información sobre los antecendentes penales y la conducta del sindicado.En ese sentido el actual director del IMEL, Vicente Pachar, dijo que se mantendrá en el cargo hasta la promulgación de la nueva ley, pero que participará de la convocatoria para los cargos directivos.