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Objetan proyectos sobre educadores jubilados y acerca de resocialización

Los docentes buscan la devolución de aportes del Siacap y el PRAA transferidos a la Cuenta del Tesoro, pero que no les llegó.

Francisco Paz - Actualizado:

Uno de los beneficiarios del proyecto durante la discusión en segundo debate en el Pleno de la Asamblea, el pasado 1 de octubre. Cortesía

El presidente José Raúl Mulino objetó en forma parcial dos proyectos de ley que tienen que ver con educadores jubilados y un programa de incentivos a resocializados.

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El primer veto, con fecha de 17 de noviembre, fue al proyecto 231, que reconoce el pago de los aportes realizados, por extensión de jubilación, a educadores jubilados de las promociones 1972 y 1973 certificados por la Caja de Seguro Social (CSS).

Estos docentes se jubilaron en 2005, sin embargo no recibieron la devolución de aquellas cuotas retenidas por el Plan de Retiro Anticipado Autofinanciable (PRAA) ni por el Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos (Siacap).

La ministra de Economía encargada, Eida Gabriela Sáiz, informó mediante nota MEF-2025-7549 de 30 de octubre de 2025 que los fondos fueron transferidos al Tesoro Nacional mediante comprobantes de pago del 31 de julio de 2006 y del 23 de julio de 2009, por $14.6 millones.

Este hecho permite concluir al Ejecutivo que no es procedente crear una nueva obligación de pago.

Argumenta que constituye una materia que ya está regulada por la Ley 8 de 6 de febrero de 1997 y la Ley 4 de 16 de enero de 2004, que contempla los procedimientos administrativos y financieros para la devolución de aquellos aportes efectuados al Siacap y al PRAA.

El veto en forma parcial permite a los diputados a realizar las correcciones para que a estos ciudadanos y sus sobrevivientes se les haga justicia.

Resocializados

Otro proyecto objetado por el mandatario fue el No.153 que crea un programa de incentivos y oportunidades de empleo a resocializados.

En su análisis, el equipo legal de la Presidencia encontró dos obstáculos jurídicos significativos que lo obligó a no avalar la iniciativa legislativa.

Por un lado, la inconveniencia por duplicidad de competencias tres artículos generan una colisión normativa con la Ley 55 del Sistema Penitenciario, al conferir al Ministerio de Desarrollo Social (Mides) funciones que la legislación vigente asigna al Ministerio de Gobierno en materia de resocialización, tratamiento penitenciario, seguimiento pospenitenciario y certificación técnica del proceso resocializado.

Por otra parte, tres artículos del proyecto riñen con dos artículos de la Constitución Política al establecer deducciones y créditos fiscales que reducen los ingresos públicos sin prever rentas sustitutivas ni mecanismos compensatorios.

"Requiere ajustes sustanciales en su diseño institucional y en su régimen fiscal para garantizar su compatibilidad con el ordenamiento jurídico vigente, tanto a nivel legal como constitucional", advierte el Ejecutivo.

El programa establece incentivos a las empresas que contrate a personas resocializadas, con excepción de condenadas por corrupción de menores de edad, violación sexual, terrorismo y financiamiento del terrorismo.

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