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Arbitraje favorable para Panamá por parte de la CIADI

El Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) emitió ayer un fallo favorable a Panamá en el proceso arbitral promovido por el empresario Julio César Lisac Jimenez, a través de las empresas Transglobal Green Energy LLC y Trasnglobal Green Energy de Panamá, S.A.

Panamá / EFE - Actualizado:

Arbitraje favorable para Panamá por parte de la CIADI

 

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El Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) emitió ayer un fallo favorable a Panamá en el proceso arbitral promovido por el empresario Julio César Lisac Jimenez, a través de las empresas Transglobal Green Energy LLC y Trasnglobal Green Energy de Panamá, S.A. Previo a su demanda arbitral en CIADI, Lisac había interpuesto una demanda ante la Corte Suprema de Justicia por la supuesta desposesión de una concesión hidroeléctrica otorgada en su momento a la Mina Hidro Power Corp. El Estado panameño basó su defensa ante el CIADI principalmente en cinco aspectos: la ausencia de inversión, la errónea interpretación por parte de los demandantes de los tratados de protección a las inversiones, la inviabilidad del reclamo de los demandantes ante este organismo, la inexistencia en el reclamo de la condición de nación más favorecida y el hecho de que las sociedades demandantes son entidades controladas por un panameño. En la parte resolutiva del Laudo, el Tribunal Arbitral señaló que Lisac no posee o ha poseído los derechos de concesión ya que estos fueron otorgados por el Ente Regulador de los Servicios Públicos a la Mina Hidro Power Corp. Además, el Laudo subraya que un nacional de un Estado no puede demandar a su país, conforme a las normas de arbitraje del CIADI. En el arbitraje se probó que Lisac es el director y controla a las empresas demandantes. La demanda presentada por Transglobal Green Energy LLC y Trasnglobal Green Energy de Panamá, S.A. contra el Estado, fue por 100 millones de dólares. Sin embargo, el Laudo rechazó la demanda y condenó a las dos empresas controladas por el señor Lisac a pagar la suma de 2 millones 209 mil 533dolares  en conceptos de reembolso por gastos legales y costos a favor de la República de Panamá.  
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