Multinacionales: ¿Cómo perderían su calificación en Panamá?
La normativa contribuirá a la generación de empleo. Pexels
Tras la aprobación de la ley No. 526, que modifica y adiciona artículos al Código Fiscal con el propósito de evidenciar las operaciones de las multinacionales en Panamá, se establecen una serie de parámetros con los que estas deben cumplir para mantener su calificación; de lo contrario, serán sancionadas con el 15% de la renta neta gravable en el periodo fiscal respectivo.
Las empresas perderán su estatus cuando incumplan con el deber de información dentro de la declaración jurada de impuestos respecto a la renta pasiva de fuente extranjera obtenida, presenten información falsa y les sea imposible demostrar que poseen recurso humano, activos, instalaciones y gastos operativos en Panamá.
Dichos elementos se evaluarán, según la normativa, atendiendo la naturaleza, escala y complejidad de la actividad, tipo y monto de la renta pasiva obtenida, número de activos generadores de rentas, grado de riesgo y estructura de la multinacional.
La entidad encargada de realizar las verificaciones será el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que deberá adecuar los procesos administrativos internos para cumplir con tal objetivo.
La ley de sustancia económica, aseguró el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, contribuirá a la generación de empleos bien remunerados e imagen de Panamá a nivel internacional, trayendo consigo a más inversionistas.
Además, ordenará al país en materia fiscal de cara a la evaluación de la Unión Europea (UE) con el propósito de que se le retire de su listado discriminatorio.
La posible exclusión de Panamá de la lista de jurisdicciones no cooperantes también allanaría su camino de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), un proceso que las autoridades han mencionado sobrepasará su gestión; sin embargo, desde ya se están elaborando las estrategias y reformas necesarias para avanzar hacia este organismo internacional.