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Venta de cigarrillos irregulares provoca denuncia penal

Asociación lamentó falta de acción de autoridades ante la venta desenfrenada de cigarrillos de dudosa procedencia por buhoneros.

Francisco Paz - Actualizado:

Las políticas antitabaco de Panamá son de las más férreas de la región, lo que da pie a que se genere contrabando. Foto ilustrativa

La presencia cotidiana de buhoneros en Calidonia y Santa Ana, vendiendo cigarrillos que, supuestamente, son de contrabando, provocó que este viernes se presentara una denuncia penal ante el Ministerio Público.

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Hitler Cigarruista, en representación de a Asociación de Fumadores y Familiares por una Panamá Libre de Humo interpuso una denuncia por infracción de los deberes de los servidores públicos en contra de Reina Roa, coordinadora de la Comisión Nacional de Control del Tabaco del Ministerio de Salud (Minsa).

Cigarruista detalló que el pasado 2 de diciembre denunció la venta de cigarrillos sin las advertencias sanitarias ni los pictogramas establecidos por resoluciones publicadas por el Minsa.

Agregó que se puso en conocimiento de la coordinadora de la comisión, sin embargo desconocen que correctivos se ejecutaron para frenar los hechos denunciados.

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En su denuncia, el activista recuerda que el artículo 83 del Código Procesal Penal dispone que los funcionarios públicos “tienen la obligación de denunciar acerca de los delitos de acción pública que, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de estas…”.

La única respuesta que se recibió de parte de la Directora General de Salud, Melva Cruz, indica el denunciante, es que esta irregularidad no se había denunciado ante el Ministerio Público, tal como obliga el Código Procesal Penal.

El Ministerio Público no debe perder de vista que la obligación legal del funcionario público se agota cuando se denuncia ante esta instancia y no ante las autoridades que manifestó la Dirección General de Salud Pública”, planteó Cigarruista.

De acuerdo con el artículo 356 del Código Penal, “el servidor público que, ilegalmente, rehúse, omita o retarde algún acto propio de su cargo será sancionado con prisión de seis meses a un año o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana”.

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