politica

Candidatos de RM deben entregar informe hasta el 17 de julio

A los precandidatos electos que no entreguen el informe de ingresos y gastos en el plazo indicado, no les entregarán las credenciales

Redacción/nacion.pa@epasa.com/@Panamaamerica - Actualizado:

El pasado 2 de julio se realizaron elecciones primarias en RM para escoger a algunos candidatos.

El Tribunal Electoral (TE), a través de la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político (Diffpol) recordó  a quienes aspiraron a un puesto de elección popular por el partido Realizando Metas (RM) que tienen hasta el próximo 17 de julio para entregar su informe de ingresos y gastos.

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Mediante una nota del TE se indica: "se les recuerda a los precandidatos electos en las elecciones internas del partido Realizando Metas, que  los artículos 240 y 241 del Código Electoral, y el artículo 171 del Decreto 29 de mayo de 2022, establecen que los precandidatos y candidatos proclamados deben presentar su  informe dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la elección primaria correspondiente a cada partido, siendo la fecha para la presentación de  los informes de ingresos y gastos comprende desde el lunes 3 al lunes 17 de julio de 2023.

Se hace énfasis en que la entrega posterior al plazo será sancionada según se indica en los artículos 558 y 559 del Código Electoral.

A los precandidatos electos que no entreguen el informe de ingresos y gastos en el plazo indicado, no les entregarán las credenciales y se les concederá un plazo adicional hasta el 1 de septiembre de 2023.

Se deja claro que si el candidado no cumple el plazo, se entenderá que renuncian a la proclamación y el partido procederá a reemplazarlos de acuerdo con lo que señala el artículo 359 del Código Electoral y dicho periodo no lo exime de la sanción.

Los demás precandidatos que no resultaron electos tienen un plazo de sesenta días calendario, que comprende del lunes 3 julio al 31 de agosto de 2023, para presentar el informe de ingresos y gastos.

La entrega posterior a la fecha establecida será sancionada según indican los artículos 558 y 559 del Código Electoral.

En caso de repetirse la elección por desempate, el artículo 247 del Código Electoral establece que el nuevo tope será del 50 % del tope de la elección anterior, y el periodo para la aplicación de los topes será el de la campaña prevista para la nueva elección.

Esta actividad no les exime de presentar el informe de ingresos y gastos, correspondiente a las primarias y posteriormente pasada la elección por desempate.

Las oficinas de Diffpol, al igual que las oficinas regionales y distritales del Tribunal Electoral en todo el país, se mantendrán abiertas todos los días (incluyendo sábado y domingo) en horarios de oficina, para la recepción de los informes de ingresos y gastos.

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