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Abogados advertirán que Ricardo Martinelli goza de fuero electoral

El fuero de Ricardo Martinelli se extiende desde el 4 de octubre hasta 15 días después de que se ejecute la proclamación en la elección en la que participe, es decir, hasta mediados de mayo del 2019.

Redacción | nacion.pa@epasa.com | @PanamaAmerica - Actualizado:

Ricardo Martinelli.

El Tribunal Electoral advirtió que el exmandatario Ricardo Martinelli goza de fuero penal electoral desde el 4 de octubre de 2018, cuando se le autorizó para recoger firmas para su candidatura a la alcaldía de Panamá por libre postulación.

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Es por ello que sería muy probable que cuando la Corte Suprema de Justicia remita el caso de Martinelli al Sistema Penal Acusatorio (SPA) tras la declinatoria de competencia, se advierta que el exmandatario goza de fuero. Además,  la defensa del expresidente solicitaría una audiencia de afectación de derechos.

La certificación con fecha del 2 de enero de 2019, que advierte el fuero de Martinelli, lleva la firma de Myrtha Varela de Durán, secretaria general del Tribunal Electoral.

El fuero de Martinelli se extiende desde el 4 de octubre hasta 15 días después de que se ejecute la proclamación en la elección en la que participe, es decir, hasta mediados de mayo del 2019.

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En agosto de 2017, el pleno de la Corte Suprema declaró la nulidad del proceso contra el entonces diputado del Parlacen y expresidente Martín Torrijos por el caso Cemis, bajo el argumento de que este gozaba de fuero penal electoral cuando se inició la investigación, lo que constituía una violación al debido proceso.

En el caso de Martín Torrijos, el magistrado fiscal alegaba que este no había invocado el fuero, pero para el Pleno eso no era motivo para violar el debido proceso y tildó el inicio de la investigación sin haber levantado esa prerrogativa, como un “acto omisivo y negligente de la autoridad competente”.

Pero en el caso pinchazos contra Ricardo Martinelli, el tratamiento fue todo lo contrario. A “El Loco” se admite el caso (imputa según criterio del magistrado de garantías Jerónimo Mejía) y luego la Corte pidió levantar el fuero, es decir, se violó la ley y después se trató de corregir. Pero sorpresa: ¡el magistrado de “garantías” alegó que no había nulidad, porque el exmandatario no invocó el fuero electoral y se produjo una renuncia tácita del mismo.

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