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Advierten al Tribunal de Honor de CD sobre violación al debido proceso a diputados opositores a Roux

Las acciones de Carrillo se dan dentro de un proceso disciplinario que se le abrió a estos diputados y otros por parte del Tribunal de Honor y Disciplina del CD, luego de que apoyarán la candidatura de Crispiano Adames para presidente de la Asamblea Nacional.

Luis Ávila - Actualizado:

Rómulo Roux, presidente el Partido Cambio Democrático. Archivo.

El abogado Carlos Carrillo en representación de los diputados Yanibel Ábrego, Nelsón Jackson, Hernán Delgado y Mercedes Gálvez advirtió al Tribunal de Honor y Disciplina del Partido Cambio Democrático (CD) sobre la violación al debido proceso, nulidades procesales y el derecho a la defensa.

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Las acciones de Carrillo se dan dentro de un proceso disciplinario que se le abrió a estos diputados y otros por parte del Tribunal de Honor y Disciplina del CD, luego de que apoyarán la candidatura de Crispiano Adames para presidente de la Asamblea Nacional.

Carrillo en su advertencia indicó que Raúl Andrade, en calidad de fiscal del colectivo CD promovió ante el mencionado tribunal una denuncia con el objetivo de iniciar un proceso de expulsión y revocatoria de mandato de 15 diputados que adversan a Rómulo Roux.

El jurista indicó que a pesar de la acción promovida por Andrade y de los hechos que no tienen fundamento, se procedió a admitir dicha solicitud, la cual fue objetada a través de los recursos que establece el estatuto del partido.

Advirtió además que el Tribunal de Honor ha aplicado una norma que no está vigente y no aplicaron las reformas electorales aprobadas y que empezaron a regir a inicios de este año.

Razón por la cual no han seguido el procedimiento nuevo que debe ser aplicado según las recién aprobadas reformas electorales.

El jurista agregó que la admisión de una denuncia con solicitud de expulsión del partido y revocatoria de mandato debe ser comunicada a través del boletín electoral mediante certificación del organismo que las emite y por orden de la norma.

En este caso, el artículo 120 del Código Electoral y se establece que contra la misma se puede recurrir dentro de los cinco días hábiles a la última aplicación.

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En su momento, el Tribunal de Honor decidió rechazar el recurso de reconsideración presentado por los 15 diputados y advirtió que dicha decisión no admitía recurso alguno, algo que omitió el artículo 10 de los estatutos del partido que dispone: “que cuando haya una incompatibilidad entre una disposición estatutaria y una legal prevalecerá la contenida en el Código Electoral”.

Frente a esto, Carrillo en nombre de los diputados advirtió la necesidad de aplicar el artículo 120 del Código Electoral, por lo que se debe enviar la notificación para su publicación en el Boletín Electoral por tres días hábiles, solicitando a la secretaría general la publicación correspondiente.

“En caso contrario se estaría violando los derechos fundamentales de nuestros representados entre estos, el principio del debido proceso y derecho a la defensa al que tienen nuestros poderdantes y provoca nulidades procesales no convencionales en el presente expediente”, sentenció Carrillo.

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