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Corte Suprema ordena la suspensión de la aplicación del decreto de multas en Arraiján

Este decreto estableció un listado de faltas administrativas las cuales eran multadas entre $500 y $10,000.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

Alcaldía de Arraiján. Foto: Cortesía.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó la suspensión provisional de los efectos del Decreto Alcaldicio N°08 del 20 de agosto de 2024, promulgado por la Alcaldía de Arraiján.

Versión impresa

El abogado José Galloway, presentó un recurso para que se declarase nulo, por ilegal, el Decreto Alcaldicio N°08 del 20 de agosto del 2024, emitido por la alcaldesa de  Arraiján Stefany Dayan Peñalba, publicado en la Gaceta Oficial N°30152-B del 31 de octubre del 2024.

El Órgano Judicial a través de un comunicado informó que a juicio de la magistrada María Cristina Chen, perteneciente a la Sala Tercera de la Corte Suprema, las disposiciones contenidas en el Decreto Alcaldicio N°08 del 20 de agosto de 2024 parecían a primera vista, contrarias a las normas que regulan las mismas materias en leyes de superior jerarquía.

La magistrada Chen agregó es que los montos de las multas establecidas en el decreto eran superiores a los previstos por la ley, lo que plantea serios cuestionamientos sobre la proporcionalidad y legalidad de estas sanciones.

Este decreto estableció un listado de faltas administrativas las cuales eran multadas entre $500 y $10,000.

Multas

La tabla de multas indica que por exceder los 65 decibelios en el nivel de ruido, el infractor será multado con $500.00

Por ruido en obras o construcción que superen los 65 decibelios antes de las 7:00 a.m. o después de 5:00 p.m. de lunes a domingo acarrea una multa de $1,000.00.

La venta de bebidas en recipientes abiertos o cerrados, sin los permisos correspondientes tendrán multas que van de los $500.00 a $1,000.00.

Ejercer la actividad de mecánica, ebanistería, herrería entre otros en lugares no autorizados implica una multa de $2,000.00 a $2,500.00.

Por la Invasión o usurpación a bienes, locales, terrenos o ejidos municipales la multa será de $1,000.00 a $3,000.00.

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