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Corte Suprema ordena la suspensión de la aplicación del decreto de multas en Arraiján

Este decreto estableció un listado de faltas administrativas las cuales eran multadas entre $500 y $10,000.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:
Alcaldía de Arraiján. Foto: Cortesía.

Alcaldía de Arraiján. Foto: Cortesía.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó la suspensión provisional de los efectos del Decreto Alcaldicio N°08 del 20 de agosto de 2024, promulgado por la Alcaldía de Arraiján.

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El abogado José Galloway, presentó un recurso para que se declarase nulo, por ilegal, el Decreto Alcaldicio N°08 del 20 de agosto del 2024, emitido por la alcaldesa de  Arraiján Stefany Dayan Peñalba, publicado en la Gaceta Oficial N°30152-B del 31 de octubre del 2024.

El Órgano Judicial a través de un comunicado informó que a juicio de la magistrada María Cristina Chen, perteneciente a la Sala Tercera de la Corte Suprema, las disposiciones contenidas en el Decreto Alcaldicio N°08 del 20 de agosto de 2024 parecían a primera vista, contrarias a las normas que regulan las mismas materias en leyes de superior jerarquía.

La magistrada Chen agregó es que los montos de las multas establecidas en el decreto eran superiores a los previstos por la ley, lo que plantea serios cuestionamientos sobre la proporcionalidad y legalidad de estas sanciones.

Este decreto estableció un listado de faltas administrativas las cuales eran multadas entre $500 y $10,000.

Multas

La tabla de multas indica que por exceder los 65 decibelios en el nivel de ruido, el infractor será multado con $500.00

Por ruido en obras o construcción que superen los 65 decibelios antes de las 7:00 a.m. o después de 5:00 p.m. de lunes a domingo acarrea una multa de $1,000.00.

La venta de bebidas en recipientes abiertos o cerrados, sin los permisos correspondientes tendrán multas que van de los $500.00 a $1,000.00.

Ejercer la actividad de mecánica, ebanistería, herrería entre otros en lugares no autorizados implica una multa de $2,000.00 a $2,500.00.

Por la Invasión o usurpación a bienes, locales, terrenos o ejidos municipales la multa será de $1,000.00 a $3,000.00.

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