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Nulidad del Segundo Tribunal de Justicia en el caso FCC se sustenta en abusos

Tribunal Superior acogió denuncia de violación al debido proceso y de actuaciones ilegales de parte de un juez en el caso de la constructora FCC.

Luis Ávila - Actualizado:

Ruth Morcillo, fiscal en el caso FCC.

Las declaraciones dadas en España por Eugenio Del Barrio y Julio Casla, exdirectivos de la empresa FCC y que han sido replicadas en Panamá, no tienen ningún valor probatorio y las mismas forman parte de una solicitud que hizo la fiscalía española, que ni siquiera se ha formalizado.

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Un abogado vinculado a las investigaciones del caso FCC manifestó a Panamá América que lo que está sacando el diario La Prensa sobre el tema FCC en España, es una petición que hizo el fiscal de ese país a un juez de instrucción que ni siquiera se ha aprobado.

Además, indicó que dentro del fallo en donde se declaró la nulidad por este proceso quedaron en evidencia los abusos procesales que se estaban cometiendo dentro del caso FCC en Panamá.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia, a través de un fallo del día 30 de enero de 2020, de la magistrada Alina Hubiedo, echó por tierra una serie de actuaciones realizadas por la fiscal anticorrupción Ruth Morcillo dentro de este caso, entre las que están las delaciones premiadas o acuerdo de pena hechos por Del Barrio y Casla.

Por lo que las declaraciones que le fueron tomadas a estos dos funcionarios de FCC no tienen ningún sustento, veracidad, ni valor probatorio en Panamá, reiteró el abogado.

La decisión de decretar la nulidad por parte de la magistrada Hubiedo se da luego de que el abogado Rosendo Miranda, defensor del exministro Federico Suárez, presentó un recurso de apelación, en el cual manifestó que el Juez Décimoquinto de Circuito Penal le negó la acumulación de procesos solicitada dentro de este caso.

Recurso que fue valorado por Hubiedo, quien determinó que no tenía dudas de que desde el día 18 de diciembre de octubre de 2019, se había solicitado al Juez Undécimo de Circuito Penal de Panamá, la remisión de las copias del proceso seguido a Suárez, entre ellas, las del proyecto de construcción de una obra en Vía Brasil.

En su fallo, la magistrada precisó que el Juez Undécimo al momento de resolver las incidencias para los días 19 y 23 de diciembre del año 2019, carecía de competencia para hacerlo.

Entre las decisiones del Juez Undécimo figuraba su negativa a permitir la acumulación solicitada por la defensa del exministro Súarez, lo que llevó a la magistrada Hubiedo a decretar la nulidad de las actuaciones desarrolladas.

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Además, entre estas actuaciones se cuenta la validación de los acuerdos de pena hechos por Del Barrio y Casla, así como la declaración de causa compleja del caso.

"Entre las violaciones de carácter procesal que se cometieron por parte del juzgado está el haber resuelto una serie de peticiones de la fiscalía, cuando había un incidente de acumulación interpuesto por el abogado Rosendo Miranda y la ley indica que al momento en que el juez tuvo conocimiento de la acumulación, tenía que suspender la tramitación", explicó el fallo.

"El Tribunal siguió resolviendo, a pesar de que había otro Tribunal en el tema de la acumulación, por lo que todo lo que sucedió en ese periodo, incluyendo la autorización de causa compleja y los acuerdos de pena, todo eso es nulo", puntualizó, en tanto, el abogado defensor.

Actualmente, es poco lo que se ha avanzado dentro del caso y se está a la espera de que se resuelva un recurso presentado por la Fiscalía, por lo que no se cuenta con una fecha fija para el cierre de las investigaciones en este proceso legal.

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Igualmente, los defensores presentaron un incidente para que se defina la fecha del cierre de las investigaciones.

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