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¿En qué casos es legal el aborto en Panamá?

En las situaciones permitidas, los procedimientos deberán realizarse en instalaciones de salud estatales.

Karol Elizabeth Lara - Actualizado:

A pesar de la normativa de excepción, en la práctica la realidad es diferente. Foto: Pixabay

La Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología recuerda que en Panamá hay causales definidas por las cuales el aborto es legal.

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En este sentido, el artículo 144 del Código Penal permite el acceso a servicios legales, y por ende, seguros, cuando el proceso busca interrumpir un embarazo producto de una violación sexual o cuando este representa una causa grave de salud que ponga en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción (incluyendo malformaciones congénitas incompatibles con la vida).

Con respecto a la violación, según la norma legal se necesita que el delito esté en conocimiento de la autoridad competente y que el aborto se practique dentro de los dos primeros meses de embarazo (9 semanas).

Si se trata del segundo caso, será una comisión multidisciplinaria designada por el Ministerio de Salud la que determinará las causas graves de salud y autorizará el aborto.

En cualquiera de los casos expuestos,  el procedimiento debe estar a cargo de un médico idóneo en una instalación de salud estatal.

No obstante, profesionales del derecho advierten que en la práctica la realidad es diferente porque la burocracia  en torno al proceso de investigación toma varios meses, superando el tiempo establecido, lo que lleva a las víctimas a tener que dar a luz.

En América Latina, el aborto está despenalizado en determinados plazos de gestación en: Colombia, Argentina, México, Uruguay, Cuba, Guyana, Guyana Francesa y Puerto Rico.

Por otro lado, en El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití está prohibido sin excepciones.

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La semana pasada, Colombia despenalizó  el aborto hasta las 24 semanas de gestación. Desde 2006, en el país sudamericano se permitía la interrupción del embarazo por tres causas: violación, malformación del feto o riesgo de salud para la madre, sin límite de tiempo.

En Panamá, si una mujer se somete a un aborto fuera de las excepciones mencionadas, será sancionada con prisión de 1 a 3 años.

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