Minsa niega favorecimiento a empresa y justifica compra excepcional de fármacos
El Minsa negó favorecer a Bio Materiales, S.A. y aclaró que importó medicamentos sin registro bajo la Ley 419 ante 27 actos públicos declarados desiertos.
MINSA subrayó que su prioridad es asegurar que los pacientes reciban sus tratamientos sin interrupción.
El Ministerio de Salud (Minsa) aseguró que su prioridad es asegurar que los pacientes reciban sus tratamientos sin interrupción y cuenten con un acceso oportuno a los medicamentos esenciales.
La reacción de la entidad se da ante los cuestionamientos recientes que sugieren un supuesto favorecimiento a la empresa Bio Materiales, S.A., el Minsa explicó que la adquisición de Clotrimazol (100 mg, óvulo o comprimido vaginal), Nifedipina (10 mg, cápsula o comprimido), Clorhidrato de Propranolol (40 mg, comprimido) y Trivitaminas ACD (en frasco con gotero calibrado) respondió únicamente a la urgencia de evitar desabastecimientos críticos que ponían en riesgo la atención de la población.
Durante los últimos años, los procesos de contratación pública para estos productos específicos enfrentaron una participación mínima de oferentes. Como consecuencia, un total de 27 actos públicos convocados por el Minsa, la Caja de Seguro Social (CSS) y diversas instalaciones de salud del país fueron declarados desiertos, lo que impidió la adquisición ordinaria de los fármacos.
Esta falta de disponibilidad, advirtió la entidad, ponía en riesgo la salud de más de 150 mil pacientes con hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares e infecciones que requieren de manera permanente estos tratamientos, además de comprometer el suministro de suplementos vitamínicos para la población infantil.
Para enfrentar este escenario crítico, el ministerio recurrió a lo establecido en la Ley 419 de 2024, la cual faculta a la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas (DNFD) a autorizar la importación de productos médicos sin registro sanitario cuando no exista oferta en el mercado local, garantizando así la continuidad de los tratamientos.
De acuerdo con el Minsa, este mecanismo excepcional responde a una facultad expresamente prevista por la legislación vigente para asegurar el abastecimiento de medicamentos esenciales cuando las vías ordinarias de adquisición resultan insuficientes por falta de proponentes.
En este sentido, la institución rechazó los señalamientos de supuesto favorecimiento a empresas particulares y recalcó que las decisiones adoptadas tuvieron como único propósito proteger a los pacientes. Como respaldo, la entidad adjuntó el historial de los 27 actos públicos que quedaron desiertos por falta de oferentes entre los años 2018 y 2024 en distintas instituciones del sector salud.